Estás aquí­: Inicio /Portal de anteproyectos/Anteproyecto/59250




ACUERDO NÚMERO POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPARTICIÓN DEL TIPO MEDIO SUPERIOR MEDIANTE LA OPCIÓN DE EDUCACIÓN DUAL Y SE DELEGAN EN DIVERSAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS LA FACULTAD QUE SE INDICA.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


La presente disposición normativa establece las directrices académicas en el Tipo Medio Superior que regulan y orientan la impartición de la Opción de Educación Dual, desde una perspectiva inclusiva, participativa y centrada en la calidad educativa, en consonancia con los principios filosófico-pedagógicos de la Nueva Escuela Mexicana (NEM) y del Marco Curricular Común de la Educación Media Superior (MCCEMS) vigente. La Educación Dual, es la opción educativa de la modalidad mixta donde el proceso de enseñanza y el aprendizaje se realizan en la escuela y en un espacio de formación laboral, es decir, empresa o Institución Pública. Lo anterior, conforme al respectivo plan y programa de estudio de EMS, dando como resultado que la/el estudiante obtenga una doble certificación. Entre las características de esta opción educativa se enuncian las siguientes: es que el diseño curricular es acorde con lo establecido en el MCCEMS vigente; los aprendizajes del currículum fundamental y el currículum ampliado del MCCEMS vigente, se desarrollan en la Escuela y en la Plataforma Académica, con mediación docente, digital y estudio independiente; las Competencias laborales (básicas y extendidas) se desarrollan en la Empresa o Institución Pública, bajo la supervisión y seguimiento del Instructor/a y del Tutor/a académico/a; deberán contar con una Trayectoria curricular combinada. Todo lo anterior conforme a los planes y programas de estudio de EMS. Los planes y programas de estudio de EMS en la opción de Educación Dual estarán ajustados a lo dispuesto en la Ley General de Educación y al Marco Curricular Común de la Educación Media Superior vigente, promoviendo el desarrollo integral de las y los Estudiantes, sus conocimientos, habilidades, aptitudes, actitudes y Competencias laborales (básicas y extendidas), a través de aprendizajes significativos. En el caso del bachillerato tecnológico, profesional técnico bachiller y tecnólogo, los planes y programas de estudio favorecerán el desarrollo de los conocimientos, habilidades y actitudes necesarias para su inserción al mercado laboral y/o su tránsito a la Educación Superior. En síntesis, este instrumento establecerá y regulará la integración académica respecto a la Opción Educativa Dual de los servicios educativos de la EMS en el Bachillerato Nacional.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


This regulatory provision hereby establishes the academic guidelines for Upper-Secondary Education, regulating and guiding the implementation of the Dual Education option under an inclusive and participatory approach focused on educational quality, consistent with the philosophical and pedagogical principles of the New Mexican School (Nueva Escuela Mexicana, NEM) and the current Common Curricular Framework for Upper-Secondary Education (Marco Curricular Común de la Educación Media Superior, MCCEMS). Dual Education constitutes the educational option under the blended modality whereby the teaching and learning process is carried out both at school and within a workplace training environment—whether in a company or in a public institution—in accordance with the respective Upper-Secondary Education plan and program of study, thereby enabling the student to obtain a dual certification. Among the characteristics of this educational option, the following are set forth: the curricular design is consistent with the provisions of the current MCCEMS; the learning outcomes of both the fundamental curriculum and the extended curriculum of the current MCCEMS are developed at the School and through the Academic Platform, with teacher mediation, digital resources, and independent study; labor competencies (both basic and advanced) are developed in the Company or Public Institution, under the supervision and follow-up of the Instructor and the Academic Tutor; and a combined curricular trajectory must be ensured. All of the foregoing shall be in accordance with the Upper-Secondary Education plans and programs of study. The Upper-Secondary Education plans and programs of study under the Dual Education option shall be aligned with the provisions of the General Education Law and the current Common Curricular Framework for Upper-Secondary Education, promoting the integral development of students—their knowledge, skills, aptitudes, attitudes, and labor competencies (both basic and advanced)—through meaningful learning. In the case of the Technological Baccalaureate, the Professional Technical Baccalaureate, and the Technologist Program, the plans and programs of study shall foster the development of the knowledge, skills, and attitudes necessary for their entry into the labor market and/or their transition to Higher Education. In summary, this instrument shall establish and regulate the academic integration regarding the Dual Education option within the upper-secondary education services of the National Baccalaureate.

Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEP-Secretaría de Educación Pública

Fecha Publicación:

27/08/2025 11:45:20

Comentarios:


0

Comentarios Recibidos

CONSULTA EL EXPEDIENTE COMPLETO:



01/0033/270825