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ACUERDO POR EL QUE MODIFICA POR PRIMERA OCASIÓN EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE ENERO DE 2025



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Se MODIFICA: la fracción III del Artículo 2 por cambio de denominación de la Dirección General de Apoyos Productivos Directos; se modifican las fracciones XV a XXXVII, por adición del concepto de Instancia de Atención a Productores, por lo que se recorre la numeración del resto de las fracciones del Artículo 2; la fracción I del Artículo 7, por actualización de nombre de la Unidad Responsable; inciso b) de la fracción I del Artículo 8 para incluir a los productores del proceso de incorporación; inciso e) de la fracción I del Artículo 8, para precisar la situación de la CURP; inciso c) de la fracción II del Artículo 8, con la finalidad de precisar a quien va dirigida la incorporación; subinciso i del inciso c) de la fracción II del Artículo 8, se hace la precisión respecto al instancia que atenderá la incorporación; el segundo párrafo del Artículo 10; se actualiza el concepto de convocatoria por aviso; las fracciones V y VIII del Artículo 11; se aclara que corresponde la atención de las actividades a las Oficinas de Representación en las Entidades Federativas; la fracción I del Artículo 14 por desaparición de la Dirección General de Comercialización y la creación de la Dirección General de Transición Agroecológica; el porcentaje del presupuesto asignado en el segundo párrafo del Artículo 17, se actualiza el porcentaje y se elimina la especificidad del monto; en el inciso e) del Artículo 22, la liga de la página del buscador de beneficiarios; y se hace la precisión de que los productos de leche, cebolla, chile serrano y jitomate, son productos adicionales, únicamente para el Acompañamiento Técnico en el Anexo I. Se DEROGA: el inciso c) de la fracción I del Artículo 8, derivado a que es responsabilidad del productor la actividad de la producción; Se ADICIONA: fracción XXXVIII del Artículo 2, derivado de la modificación de la fracción XV, en la que se adiciona el concepto de instancia de atención a productores. Todos del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2025

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


Section III of Article 2 is MODIFIED: Section III of Article 2 due to a change in the name of the General Directorate of Direct Productive Support; Sections XV to XXXVII are amended, due to the addition of the concept of Instance for Attention to Producers, and therefore the numbering of the rest of the sections of Article 2 is revised; Section I of Article 7, by updating the name of the Responsible Unit; paragraph b) of Section I of Article 8 to include the producers in the incorporation process; paragraph e) of Section I of Article 8, to specify the CURP situation; paragraph c) of Section II of Article 8, in order to specify to whom the incorporation is addressed; Article 8, section II, subsection c), subsection i), to specify to whom the incorporation is addressed; Article 10, second paragraph; the concept of summons by notice is updated; Article 11, sections V and VIII; it is clarified that the Representative Offices in the Federal Entities are in charge of the activities; Section I of Article 14 due to the disappearance of the General Directorate of Commercialization and the creation of the General Directorate of Agroecological Transition; the percentage of the allocated budget in the second paragraph of Article 17, the percentage is updated and the specificity of the amount is eliminated; in paragraph e) of Article 22, the link to the page of the beneficiary search engine is added; and it is clarified that the beneficiary search engine will be available only for those who have not yet received a call for proposals; and, in paragraph e) of Article 22, the link to the beneficiary search engine page is added.

Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SAGARPA-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Fecha Publicación:

30/06/2025 13:22:20

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12/0036/300625