La propuesta de Reforma al Reglamento de la Ley General Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) considera la actualización de diversos artículos que están relacionados directamente con los términos establecidos en la Reforma de la referida Ley en 2022 para estar en concordancia y que tiene una relación directa con la Sección II Plantaciones Forestales Comerciales del Reglamento.
Dentro de la propuesta de Reforma se considera la eliminación de la distinción de plantaciones por superficie, quedando un solo trámite para cualquier plantación forestal comercial (PFC).
Los requisitos para el registro de las PFC establecidas con anterioridad a la LGDS, serán los mismos que para las plantaciones nuevas.
El registro para estas PFC deberán presentar el aviso previsto en el artículo 65 del Reglamento en un plazo de seis meses previos de iniciar el aprovechamiento de la plantación.