El Reglamento para el Surtimiento de Recetas y Abasto de Medicamento del Instituto del Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, permite armonizar las facultades que establece el Estatuto Orgánico del ISSSTE vigente y el ACUERDO por el que se instruye a la Secretaría de Salud, a Laboratorios Biológicos y Reactivos de México, S.A. de C.V., al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al Instituto Mexicano del Seguro Social y a Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 22 de diciembre de 2023, con la realidad actual que existe en las farmacias de las Unidades Médicas del ISSSTE, a través de los siguientes puntos
Regula el surtimiento de las recetas otorgadas por la Persona Médica Tratante, a la Persona Paciente, a través de las farmacias en las Unidades Médicas, así como el abasto de Insumos para la Salud; establece la figura de Encargado de Farmacia y Encargado de Material de Curación; establece la coordinación en las farmacias entre la Dirección de Administración y Finanzas y la Dirección Médica; ante la realidad de las compras consolidadas del Acuerdo de referencia, se establece que la Dirección de Administración y Finanzas (DAyF) y el Ente Consolidador, dirigirán los procesos de contratación para la adquisición de Insumos para la Salud; elimina el supuesto de compras directas de la Unidades Médicas, para ser solo en situaciones y/o contingencias específicas extraordinarias y únicas.