El acuerdo contempla la actualización anual que debe realizar la Secretaría de Economía de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis, fracción II, 1253, fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio. Dicha actualización debe realizarse conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía:1. El Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2023, el cual fue de 131.445 puntos; 2. El Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de
2024, que fue de 137.424 puntos, y 3. La inflación anual acumulada de noviembre de 2023 a noviembre de 2024 fue de 4.5487por ciento.