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Resumen del anteproyecto
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Summary of the draft
Comentario emitido por: Nombre de usuario no publico
Para dar mayor claridad al texto legal se sugiere que en el primer párrafo se especifíque si, para los agentes de seguro que recién obtienen su autorización, el medio por el cual deben enviar su póliza de RC y comprobante de pago, será el Sistema de Citas y Registro de Personas o si deben hacerlo a través de un escrito libre presentado en oficialía de partes. Queda claro para los refrendos o nuevas autorizaciones (que no refrendaron a tiempo), que la póliza debe subirse en el Sistema, pero no así para los que obtienen autorización por primera vez. Por otra parte, es importante saber si para la publicación de esta circular modificatoria, en el sistema antes mencionado ya estará habilitado un apartado donde puedan subir la póliza. Gracias.
Fecha: 20/12/2023 16:53:04
Dependencia:
SHCP-Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Fecha Publicación:
19/12/2023 13:47:56
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