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ACUERDO POR EL QUE SE DECLARA AL TERRITORIO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, COMO ZONA LIBRE DE LA INFLUENZA AVIAR TIPO A SUBTIPO H5N1



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


El Gobierno Federal, en coordinación con los Gobiernos Estatales y los avicultores organizados del país, desarrollaron y ejecutaron actividades de prevención, diagnóstico, control y erradicación efectivas, sin detectar la presencia del virus de la influenza aviar tipo A subtipo H5N1 en unidades de producción avícola en el país desde el mes de febrero de 2023. El principal beneficio del reconocimiento como país libre de influenza aviar tipo A subtipo H5N1 en aves de corral es mejorar el estatus sanitario del país, proteger la avicultura nacional y posibilitar la comercialización nacional e internacional de aves de corral, sus productos y subproductos.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The Federal Government, in coordination with the local Governments and poultry farmers, have developed and executed effective diagnostic, control and eradication activities, with no evidence of the presence of H5N1 avian influenza virus in poultry farms of the country since february 2023. The main benefit of the recognition as H5N1 avian influenza virus free country is to improve the national animal health status, protect the national poultry farming and to enable the national and international commercialization of poultry and its products and subproducts.

Últimos comentarios recibidos:


Comentario emitido vía correo electrónico

B000232021

Fecha: 05/09/2023 12:17:00

Comentario emitido vía correo electrónico

B000232017

Fecha: 05/09/2023 09:00:00

Comentario emitido por: LILIA CASTELLANOS NOVOA


Ciudad de México a 4 de septiembre del 2023 Comisión Nacional de Mejora Regulatoria. P r e s e n t e El área técnica del laboratorio CEVA Salud Animal, con base en nuestro enfoque de Responsabilidad Social como líder mundial en salud animal, tenemos como objetivo primordial contribuir al bienestar animal y humano participando en la prevención y control de enfermedades que afecten la producción de proteína animal para la nutrición humana; por lo cual ponemos para su consideración los siguientes comentarios al Proyecto de “Acuerdo por el que se declara al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, como libre de Influenza Aviar Tipo A Subtipo H5N1”, publicado en portal de anteproyectos de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, el día 29 de agosto del 2023. Según la evidencia científica anexa a la presente, se demuestra que la vacunación es un elemento primordial en la estrategia de prevención y control de enfermedades, considerándose de gran importancia en enfermedades de alto impacto sanitario como la Influenza Aviar. Este hecho, ha sido constatado en México en la atención de brotes de este virus con la vacunación como parte estratégica para su prevención y control, lo que ha permitido que la Industria Avícola en México tenga una parvada Nacional de más de 500 millones de aves, considerada dentro de los 10 primeros países productores de huevo y pollo en el mundo y el primer lugar en consumo per-cápita de huevo fresco. A la fecha y de acuerdo a la información oficial respecto a la afectación por la presencia de Influenza Aviar de Alta patogenicidad subtipo H5N1 en México, entre el 2022 y 2023; registró la pérdida de un total de 7,400,273 de aves en producción, generando un impacto negativo para la avicultura Nacional. Se considera que un importante factor de riesgo para la presentación de esta enfermedad es la localización geográfica de México, debido a que es territorio de arribo y permanencia estacional de aves silvestres migratorias que se han identificado como elementos que participan epidemiológicamente en el contagio y diseminación de la influenza aviar en la población avícola Nacional. Para mitigar lo anterior, en la estrategia de prevención de esta enfermedad, la vacunación oportuna constituye una herramienta crítica en las empresas avícolas de países como México que se encuentra entre los diez principales productores avícolas a nivel mundial y provee cerca del 65% de la proteína de origen animal en México. En mayo de 2023, en la Sesión General de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), los Miembros de esta organización, entre ellos México, adoptaron una resolución que servirá de base para configurar las futuras actividades de lucha contra la influenza aviar y proteger la fauna silvestre, sin dejar de brindar asistencia a la industria avícola y garantizar la continuidad de las actividades comerciales. En particular, esta resolución destaca la importancia de que los Miembros respeten e implementen las normas internacionales de la OMSA, con miras a combatir eficazmente la influenza aviar. En esta Resolución la No. 28 “Desafíos estratégicos para el control mundial de la influenza aviar de alta patogenicidad” en el inciso 4, se enuncia que “La vacunación con vacunas registradas de alta calidad que sean eficaces contra las cepas de campo en circulación puede proporcionar protección adicional y reducir las cantidades del virus y el riesgo de una mayor propagación. La vacunación requiere la adaptación de la vigilancia para la detección precoz, la demostración de la ausencia de influenza aviar de alta patogenicidad y el seguimiento de los cambios en las cepas en circulación. De acuerdo con las normas internacionales de la OMSA, el uso de la vacunación no afectará al estatus de un país o zona libre de influenza aviar de alta patogenicidad si su vigilancia respalda la ausencia de infección”. Actualmente en México, contamos con vacunas producidas con un alto nivel de tecnología, aprobadas por la autoridad sanitaria nacional al haber comprobado su eficacia y su valor epidemiológico que permiten diferenciar aves vacunadas de aves infectadas por cepas de campo; sistema DIVA (Diferentiating Infected from Vaccinated Animals); esta herramienta es importante en el plan de prevención y control de enfermedades, siempre supervisada por las autoridades sanitarias. Por lo anterior, se considera importante considerar la vacunación contra la Influenza Aviar, teniendo como objetivos críticos: 1. Prevenir la enfermedad en las aves vacunadas, dándoles resistencia ante un desafío. 2. Evitar signos clínicos y mortalidad que repercute en las pérdidas para los avicultores, así como en el abasto de proteína para la población. 3. Reducir la excreción viral lo que conlleva al control de la enfermedad con un medioambiente libre de enfermedad contribuyendo al bienestar de todos. Agradecemos de antemano su amable atención quedando a sus órdenes Atentamente. Servicio Técnico CEVA Salud Animal

Fecha: 04/09/2023 18:20:32

Comentario emitido por: José Quesada Fox


Buenas Tardes: Considero que al declarar libre a México de la Influenza Aviar de alta patogénicidad subtipo H5N1 se debe mostrar primero los resultados de los muestreos epidemiológicos que demuestran la ausencia de circulación viral de este subtipo en todo el país. Así mismo, no creo pertinente retirar la vacunación en aves de larga vida hasta que pase cuando menos el invierno de 2023 y la primavera de 2024, dónde se vuelva a mostrar que este virus (H5N1) no volvió a introducirse en nuestra avicultura una vez que han migrado aves silvestres acuáticas tanto del norte a sur, como del sur al norte de América pasando por nuestro país, como sucede regularmente cada año. Al momento sigue habiendo reportes internacionales de la presencia de dicho virus en aves silvestres. Las pérdidas económicas que se tendrían por la muerte o eliminación de aves comerciales, principalmente aves reproductoras y progenitoras y la falta de un programa de indemnización o seguro es lo que justifica tal acción. Agradezco su consideración.

Fecha: 04/09/2023 17:09:28

Comentario emitido vía correo electrónico

B000232012

Fecha: 04/09/2023 17:04:00

Comentario emitido por: Arturo Calderon


Querétaro, Querétaro a 01 de septiembre de 2023 Comisión Nacional de Mejora Regulatoria P r e s e n t e La Asociación de Avicultores de Querétaro, a través del presente, se permite hacer referencia al Proyecto de “Acuerdo por el que se declara al territorio de los Estados Unidos Mexicanos, como libre de Influenza Aviar Tipo A Subtipo H5N1”, publicado en portal de anteproyectos de esa Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, el 29 de agosto de 2023. Nos permitimos iniciar señalando que la actividad avícola en el Estado de Querétaro es de elevada relevancia en la economía agropecuaria de esta entidad; que el Estado de Querétaro es el Segundo más importante en la producción de carne de pollo a nivel nacional, con el consecuente efecto multiplicador en la generación de empleos directos e indirectos; que la derrama económica se amplía la fabricación de alimentos balanceados, y otras industrias relacionadas; que las proteínas avícolas son las más recurridas por la población mexicana, por ser éstas las más asequibles, principalmente las familias de menores ingresos. Que en virtud de lo anterior se requiere fortalecer la certidumbre jurídica y económica para continuar con el desarrollo de la actividad avícola del Estado, por lo que nos permitimos emitir los siguientes comentarios: • Se reconoce el esfuerzo del SENASICA de trabajar conjuntamente con la avicultura en el control de las enfermedades que afectan el desempeño de la actividad, particularmente en el control de la Influenza Aviar tipo A Subtipo H5N1; • El Capítulo de Influenza Aviar de la OMSA contempla a todos los subtipos de influenza aviar H5 y H7 como de notificación obligatoria por la capacidad que tienen para mutar a alta patogenicidad. En sentido de lo anterior, como sabemos, en México se tiene presencia de H5N2 y H7N3 por lo que en términos prácticos, el beneficio que ofrecerá a la avicultura de México esta publicación como país o zona libre, con sus implicaciones, es nulo, porque la presencia de los otros dos subtipos continuarán limitando la libre movilización de aves vivas, productos y subproductos de ave (incluido el huevo), en territorio nacional, y con un impacto sustantivo que genera la imposibilidad de exportar a terceros países. • Es importante señalar que la vacunación en contra de la influenza aviar desde 1994-1995 a la fecha ha permitido que la producción de carne de pollo haya crecido 3 veces y la de huevo 2 veces desde aquel entonces, lo que demuestra que la vacunación ha sido un instrumento efectivo para controlar la enfermedad permitiendo el desarrollo de la avicultura. Este enfoque de vacunación instrumentado en México durante los últimos 30 años ha permitido recabar suficiente información sobre las ventajas que esta práctica ha traído para todos los agentes involucrados, públicos y privados. La vacunación, como muestra dicha evidencia, ofrece a la avicultura mayor certidumbre en los procesos productivos. • Como se sabe, varios países de Europa, incluso en los Estados Unidos de América, se ha comenzado a discutir la posibilidad de vacunar controladamente sin que esto repercuta en el comercio internacional. Con esto se quiere decir, que mientras en el mundo se revisa el enfoque de control de la enfermedad (indistintamente de cepas y subtipos) con vacunación, en México continuamos contemplando el enfoque de erradicación de la enfermedad. • En virtud de lo anterior, lo recomendable es que los esfuerzos de los agentes públicos y privados se enfoquen a la vigilancia epidemiológica, así como las medidas contempladas en las recomendaciones internacionales y la regulación nacional, y a sostener un esquema de vacunación como medida precautoria. Elaborando vacunas eficaces de alta calidad que ofrezcan protección suficiente a la cepas de campo. • Esto obedece al hecho de que la evidencia empírica demuestra que los virus reducen la presencia en la época del año en que nos encontramos, y que es posible a que el subtipo de referencia en este proyecto de Acuerdo pueda resurgir. • Es importante que el SENASICA participe activamente en los distintos foros de discusión en donde se vierte la información sobre el impacto que tendría la vacunación, porque 30 años de experiencia deben tomarse en cuenta por parte de los distintos cuerpos científicos. Sostener que será posible erradicar los subtipos de importancia económica, engendra costos de cumplimiento regulatorio de forma permanente, que podrían reducirse si reconocemos que en México y en el Mundo, tendremos que aprender a convivir con este tipo de riesgos que están en constante movimiento y mutación por los patrones (y cambios) de migración de aves silvestres. • Finalmente, se propone a la CONAMER rechazar en su dictamen la exención de análisis de impacto regulatorio solicitado por la SADER, dado que, como se ha expuesto en escrito, y en otros vertidos en la plataforma de la CONAMER, el costo-beneficio para la sociedad y la actividad productiva resulta desfavorable.

Fecha: 01/09/2023 14:02:28

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B000231996

Fecha: 01/09/2023 13:21:00

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B000231995

Fecha: 01/09/2023 12:58:00

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B000231989

Fecha: 31/08/2023 16:37:00

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B000231987

Fecha: 31/08/2023 16:06:00



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SAGARPA-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Fecha Publicación:

29/08/2023 09:00:00

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