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ACUERDO QUE MODIFICA AL DIVERSO QUE ESTABLECE LOS BIENES DE USO DUAL, SOFTWARE Y TECNOLOGÍAS CUYA EXPORTACIÓN ESTÁ SUJETA A REGULACIÓN POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Se reforman los Anexos I, II, III y VII del Acuerdo que establece los bienes de uso dual, software y tecnologías cuya exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Economía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2020

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Dictámenes Emitidos



CONAMER/22/2976

Últimos comentarios recibidos:


Comentario emitido vía correo electrónico

B000222369

Fecha: 18/07/2022 08:57:00

Comentario emitido por: Julio M Carbajal


Es necesario sea corregida la clasificación arancelaria de los productos incluidos en el acuerdo. CIENTOS de ellos no pertenecen a la clasificación asignada, lo que dejará sin efecto la intención de la regulación. Ejemplos: 1) En la fracción 8479.90.18 no se clasifican máquinas, solo sus partes. 2) Regulan la monometil hidrazina en la fracción 2825.10.02. A la monometil hidrazina le pertenece la fracción 2928.00.99.

Fecha: 29/06/2022 10:49:41

Comentario emitido vía correo electrónico

B000222097

Fecha: 27/06/2022 14:59:00



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SE-Secretaría de Economía

Fecha Publicación:

20/06/2022 09:36:26

Comentarios:


3

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03/0041/200622