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Manual de Organización de Seguridaad Alimentaria Mexicana



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


De conformidad con el artículo 10 del Decreto por el cual se crea el Organismo Descentralizado, denominado Seguridad Alimentaria Mexicana (SEGALMEX), el cual contempla que su Director General, se auxiliará de las unidades y servidores públicos subalternos que determine el Estatuto Orgánico; y el Artículo Vigésimo Cuarto, de su Estatuto Orgánico contempla que de las direcciones de SEGALMEX, dependerán las gerencias que tendrán las responsabilidades encomendadas y desempeñarán las funciones establecidas en el Manual de Organización, se elabora el presente Manual, el cual tiene como propósito adicional, brindar información referente a la estructura orgánica, niveles jerárquicos, objetivos, funciones, líneas de comunicación y de mando, además de la coordinación entre las Unidades Administrativas que conforman el Organismo. El Manual de Organización está integrado por los apartados siguientes: introducción; antecedentes; marco jurídico; atribuciones; misión y visión, objetivo del manual, estructura orgánica; organigrama; funciones transversales; descripción de funciones; glosario y disposiciones transitorias. El presente Manual está dirigido a toda persona interesada en la información que contiene, pero específicamente a los servidores públicos de SEGALMEX quienes podrán contar con un documento que les permita conocer sus responsabilidades, ubicación en la estructura, así como las funciones que deberán desempeñar para contribuir al cumplimiento de los objetivos del Organismo. Se destaca que las funciones previstas en el presente Manual se ejercerán con estricto apego al Decreto de creación y al Estatuto Orgánico de SEGALMEX. Es importante señalar que, el Manual de Organización de SEGALMEX deberá ser actualizado, cuando el marco normativo que le da origen, sufra cambios que repercutan directamente en las atribuciones conferidas al Organismo o cuando se efectúen modificaciones a su Estructura Orgánica. Asimismo con base en el Acuerdo 19-E-l-1, la Comisión Intersecretarial de Gasto Público Financiamiento y Desincorporación dictaminó favorablemente la constitución de la Entidad denominada Seguridad Alimentaria Mexicana (SEGALMEX) como un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER). El 18 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de creación de SEGALMEX, en el cual se establece como objeto del Organismo, el favorecer la productividad agroalimentaria y su distribución en beneficio de la población más rezagada del país. Una vez publicado el Decreto de creación del Organismo, se integró y sesionó el Consejo de Administración de SEGALMEX con fundamento en el artículo 34 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. En su sesión del 10 de diciembre de 2020, el Consejo de Administración de SEGALMEX aprobó su Estatuto Orgánico; de acuerdo con lo establecido en el artículo 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el cual fue publicado el 11 de marzo del 2021 en el Diario Oficial de la Federación. De acuerdo con el Decreto de creación del Organismo, para el cumplimiento de su objeto, SEGALMEX tendrá la atribución de coordinarse con aquellas entidades paraestatales de la Administración Pública Federal que se encuentren estrechamente vinculadas con el objeto, por lo que éstas últimas deberán proporcionar la información que les sea solicitada por Seguridad Alimentaria Mexicana. Al respecto, el Estatuto Orgánico de SEGALMEX establece en el Artículo Tercero, Fracción II, que SEGALMEX, DICONSA y LICONSA tienen un objetivo común, el de promover la autosuficiencia alimentaria del país; por lo tanto, podrán intercambiar información técnica, de recursos humanos y financieros para que se pueda alcanzar el objetivo mencionado. Asimismo, el que SEGALMEX cuidará, en todo momento, que no le falten a DICONSA y LICONSA los elementos necesarios y el abasto para el cumplimiento de su función social. (Artículo Tercero Fracción I numeral 5) Con el propósito de que exista una estrecha coordinación entre SEGALMEX, DICONSA y LICONSA y racionalidad en el gasto público, el Titular del Ejecutivo determinó que el Director General de SEGALMEX será también quien dirija a DICONSA y LICONSA, a fin de operar de forma ordenada, coordinada y articulada los programas sociales de Precios de Garantía a Productos Alimentarios Básicos, Abasto Rural, Abasto Social de Leche y Adquisición de Leche Nacional. Situación que impactó en la integración del grupo directivo del Organismo, mismo que comprende directores, gerentes y subgerentes que atienden las actividades y responsabilidades de las tres Entidades mencionadas, en el entendido de que esos funcionarios sólo percibirán un salario. Por lo que se refiere a la Unidad de Administración y Finanzas, las Direcciones Comercial; de Planeación, Evaluación y Proyectos; de Asuntos Jurídicos y de Coordinación y Seguimiento de Órganos de Gobierno realizarán funciones transversales en SEGALMEX, DICONSA y LICONSA, con excepción de las Direcciones de Operaciones de cada una de las Entidades, quienes mantendrán su individualidad operativa. Esta nueva lógica de gestión no afecta la personalidad jurídica, patrimonio e independencia de cada institución, considera llevar a cabo acciones con un enfoque sistémico donde haya compromiso y reciprocidad por cada una de las partes, sumen capacidades y se apliquen las directrices que emanen del Consejo de Administración y de la Dirección General.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEGALMEX-Seguridad Alimentaria Mexicana

23/02/2022 12:17:01

Fecha Publicación:

22/02/2022 15:19:03

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