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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA EVALUAR EL PROGRAMA U002 OTROS SUBSIDIOS, NO SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN DE LA SAGARPA



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Establecer los lineamientos específicos a los que deben sujetarse los beneficiarios del programa, para la ejecución de los Programas U002, no sujetos a Reglas de Operación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


Establish the specific guidelines to be met by beneficiaries of the program for the implementation of Programs U002 "Implementation of Actions to Improve Health through Phytozosanitary Inspection - DGSA", not subject to Operating Regulations of the Ministry of Agriculture, Livestock, Rural Development, Fisheries and Feeding (SAGARPA).

Dictámenes Emitidos


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Comentario emitido por: Salvador Campa Amavizca


Cometarios para el Manual de Procedimientos para Evaluar el Programa U002 otros Subsidios, No Sujetos a Reglas de Operación de la SAGARPA. Los siguientes comentarios son del Comité de Fomento y Protección Pecuaria del Estado de Sonora A.C. donde lo integra la Unión Ganadera Regional de Sonora, la Unión Regional de Porcicultores, la Unión de Asociaciones Avícola del Estado de Sonora A.C. y Los Productores Apícolas del Estado de Sonora, para su consideración y modificación en su caso. 1.- En el punto VI de Definiciones y Acrónimos, del Manual de Procedimientos para Evaluar el Programa U002 otros Subsidios, No Sujetos a Reglas de Operación de la SAGARPA. Donde se definen los beneficiarios de los organismos o asociaciones no lucrativas, como instituciones educativas y el CONASA deben de considerarse que las acciones a implementar sean avaladas por los productores pecuarios, esto sería a través de un organismo del Sistema Producto, que permita que estas acciones sanitarias sean de beneficio para los productores, y no para un interés fuera de las actividades pecuarias. Por lo anterior recomendamos, que todas las acciones que no sean encaminados para ejecutarse a través de los productores, se autoricen a organismo o instituciones no lucrativas, siempre y cuando haya la solicitud expresa de los productores del sistema producto, y así, garantizar que lo que se programe a invertir tendrá una mayor garantía y será de utilidad para el sector. 2.- Punto XI de Términos de Referencia, del Manual de Procedimientos para Evaluar el Programa U002 otros Subsidios, No Sujetos a Reglas de Operación de la SAGARPA. Consideramos que en el programa zoosanitario en porcinos debe de agregarse las enfermedades cuarentenarias como: Fiebre Porcina Clásica y Enfermedad de Aujeszky. En este mismo punto, se debe de agregar enfermedades emergentes no cuarentenarias de los cerdos como es el caso de: Síndrome Respiratorio y Reproductivo del Cerdo (PRRS), PED Diarrea Epidémica Porcina e Influenza Porcina. Referente a programas zoosanitarios en Aves, debe agregarse las siguientes enfermedades: La enfermedad de Newcastle y La salmonelosis aviar. 3.- Punto XII de Indicador, del Manual de Procedimientos para Evaluar el Programa U002 otros Subsidios, No Sujetos a Reglas de Operación de la SAGARPA. Me parece que la formula esta invertida, considero que deber de la siguiente manera: Numero de proyecto con Cierre Finiquito (Divisor) / Número de Proyectos aceptados dentro del Programa “U” (Cociente) X 100 = % Avance

Fecha: 21/12/2017 16:09:30



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SAGARPA-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Fecha Publicación:

20/10/2017 13:03:30

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12/0095/201017