El Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012-4-SCFI-2017, “INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN - MEDIDORES DE AGUA PARA AGUA POTABLE FRÍA Y CALIENTE – PARTE 4: REQUISITOS NO METROLÓGICOS NO CUBIERTOS POR EL PROY-NOM-012-1-SCFI-2017”
Esta parte del Proyecto de Norma Oficial Mexicana especifica las características técnicas y los requerimientos de pérdida de presión para medidores de agua fría y caliente. Aplica a medidores de agua que pueden soportar:
a) Una presión máxima permisible (PMP) que sea igual, al menos, a 1 MPa [0,6 MPa para medidores que utilizan ductos con un diámetro nominal (DN) de >500 mm];
b) Una temperatura máxima permisible (TMP) para medidores de agua potable fría de 30 °C;
c) Una TMP para medidores de agua caliente de hasta 180°C, dependiendo de la clase.
Esta parte del Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable para medidores de agua que se utilizan para medir el volumen de agua potable fría y caliente que fluye a través de un conducto cerrado totalmente cargado. Estos medidores de agua incorporan dispositivos que indican el volumen integrado.
Además de los medidores basados en principios mecánicos, esta parte del Proyecto de Norma Oficial Mexicana también aplica para medidores de agua basados en principios eléctricos o electrónicos, y para medidores de agua basados en principios mecánicos que incorporen dispositivos electrónicos, que se utilizan para medir el flujo de volumen de agua potable caliente y fría. También aplica para dispositivos electrónicos auxiliares. Por regla general, los dispositivos auxiliares son opcionales. Sin embargo, las regulaciones internacionales pueden hacer obligatorios algunos de estos dispositivos en relación con el uso de los medidores de agua.