La regulación que se propone reformar deviene en razón de que México forma parte del Mecanismo de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC por sus siglas en inglés), y en dicho Mecanismo se creó el Grupo de Movilidad de Personas de Negocios, en el que se estableció el esquema de la Tarjeta de Viaje para Persona de Negocios de APEC (ABTC, por sus siglas en inglés), y dicho Grupo modificó las Reglas de Operación de la ABTC, en el marco de la reunión BMG 2 2014 celebrada en Beijing, Capital de la República Popular China, en la que se acordó ampliar la vigencia de la ABTC de tres a cinco años a partir del 1 de septiembre de 2015, por lo que cada economía se comprometió a realizar las adecuaciones legales necesarias para implementar dicha medida.
En ese sentido, las modificaciones a las Reglas de Operación de ABTC inciden en el Capítulo XI de los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 8 de noviembre de 2012, denominado “Obtención de la Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios de APEC”, por lo que es necesario que se reforme el citado apartado, para que la vigencia de la ABTC se amplíe a cinco años.
Asimismo, la reforma propuesta, pretende ser más detallada en cuanto al procedimiento para que los interesados conozcan de manera clara cada paso a seguir para obtener la ABTC, las modalidades de la misma, las economías que integran la región económica Asía-Pacífico, los términos en que se resuelve su petición, las hipótesis por las cuales se cancela dicha tarjeta, así como clarificar las fichas de trámite para cada modalidad, es decir, se transparente el procedimiento en la obtención de la tarjeta.