El anteproyecto de decreto de reforma al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública (RISEP), es congruente con el proceso de adecuación al marco normativo y con el de la política educativa planteada en la Reforma Educativa.
Una de las estrategias fundamentales es el fortalecimiento de la planeación y la evaluación de la política educativa, las cuales se nutren del Sistema de Información y Gestión Educativa que opera actualmente.
La reforma constitucional, destaca que el Estado garantizará la calidad en la educación de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
Se otorgan atribuciones a la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros para operar un sistema de administración de nómina del personal contratado en el ámbito estatal, el cual a partir del mes de enero del presente año está a cargo de la Oficialía Mayor de esta Secretaría.
Con base en las consideraciones anteriormente expresadas, el presente anteproyecto plantea las modificaciones siguientes:
Se derogan los artículos correspondientes a la Dirección General de Formación Continua de Maestros en Servicio (artículo 33) y a la Coordinación Nacional de Carrera Magisterial (artículo 43), en razón de que sus atribuciones fueron transferidas al órgano desconcentrado denominado Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente.
Se incorpora como órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública la Coordinación General @prende.mx, encargada de cumplir con las previsiones del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Programa Sectorial de Educación (PSE), para impulsar la educación mediante la impartición de contenidos temáticos con el apoyo de tabletas digitales.
La Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros incorpora en sus atribuciones lo relativo al sistema de administración de nómina del personal contratado en la educación básica en los estados; con el fin de eficientar los recursos públicos en la educación. Asimismo, sus facultades en materia programático – presupuestario pasan a la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa.
La Dirección General de Evaluación de Políticas, deja de ser una instancia normativa en materia de evaluación de la educación, porque esta facultad actualmente la ejerce el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
Con el propósito de sustentar la congruencia de su operación, coordinación y evaluación en los términos de la Ley General de Educación, la Ley General del Servicio Profesional Docente y la Ley del INEE, se modifican algunas atribuciones de unidades administrativas de las Subsecretarías de Educación Media Superior y Superior, para alinearlas a los principios de eficiencia y eficacia que sustenta la Reforma Educativa.
La Dirección General de Educación Superior Tecnológica desaparece y sus atribuciones las asumen el nuevo órgano desconcentrado Tecnológico Nacional de México.
En concordancia con las nuevas tareas que exige la atención a la demanda educativa de educación media superior y superior de carácter intercultural en el país fundamentada en la reforma constitucional, se modifica el marco de atribuciones de la Coordinación General de Educación Intercultural y Bilingüe.
La Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación, deroga las atribuciones relativas a los trámites del reconocimiento de validez oficial de estudios a los particulares, toda vez que dichas atribuciones las ejercerán las unidades administrativas adscritas a los tipos educativos de educación media superior y superior.
Se precisan atribuciones relativas a la normatividad en materia de certificación, control escolar, revalidación y equivalencias de estudios establecidas en la Ley General de Educación.
A la Dirección General de Desarrollo Curricular se agrega el diseño de planes y programas de estudio de escuelas de educación básica del tipo artístico.