
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Dirección General de Autotransporte Federal
Derivado del alto índice de accidentes que se presentan en el tramo de carretera Cd. Valles - S.L.P., la ciudadanía de ese Estado de la República directamente, así como por conducto del Congreso Local y del Ejecutivo de la Entidad, han expresado una gran molestia y exhortado a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes para que se reclasifique, ya que la actual tipificación permite la circulación de vehículos o de configuraciones vehiculares, que son factor para la ocurrencia de los accidentes. Requieren que esta autoridad establezca medidas emergentes que atenúen la accidentalidad, ya que durante el año 2004 ocurrieron 297 accidentes, con 37 muertos y 268 heridos; asimismo, en el período de enero a abril de 2005, se han presentado 101 accidentes, con 15 muertos y 64 heridos. La cifra de accidentes anterior requiere especial atención, ya que si se compara con la accidentalidad de otros caminos, representa casi el doble del índice de accidentes en el ámbito estatal y de la media nacional. Cabe señalar que en este tramo carretero, el Tránsito Diario Promedio Anual (TDPA), es de aproximadamente 4000 vehículos, de los cuales 81% son automóviles, 3.6% autobuses y 15.4% camiones. De estos datos resalta que, si bien el número de camiones representa el 15%, en los accidentes participaron en el 56% durante los últimos 5 años. Esta interacción entre vehículos pesados y automóviles es el factor de riesgo, que se agrava por las características geométricas del camino, que cuenta con 156 curvas, entre 30 y 60 grados. Hoy en día los volúmenes de tránsito son bastante más altos que cuando fue clasificado como camino tipo “B”, por lo que el factor de riesgo también se agrava. Al aumentar el número de camiones que son vehículos más lentos, los conductores de automóviles tienden a realizar maniobras de rebase inadecuadas, invadiendo el carril contrario en curva y aumentando su velocidad para incorporarse a su carril después. En esta maniobra para evitar un choque de frente con el vehículo que circula en el carril contrario el vehículo ligero se sale del camino. Su probabilidad de ocurrencia se incrementa cuando el volumen de tráfico es mayor y el tamaño de los vehículos más grande, ya que la capacidad de la carretera se ve más limitada por sus especificaciones geométricas; además, por ser una carretera en donde prevalecen condiciones climatológicas desfavorables, como son lluvia y neblina frecuente, se hace más complicada y riesgosa la circulación vehicular. Cabe señalar que la clasificación de esta vía se determinó en función de sus características geométricas y volúmenes de tránsito desde 1960, año en que se expidió el primer Reglamento de Peso y Dimensiones, fue tipificado como camino tipo B, cuando el TDPA era menor que 900 vehículos. Actualmente, se mantiene la clasificación tipo B de este camino, aun cuando se observa que el volumen de tránsito se ha incrementado en más del 400%, al pasar de 900 a 4000 de TDPA. Asimismo, las dimensiones de los vehículos considerados en 1960 correspondían a una longitud máxima de 17.5 m y no se permitía la circulación de vehículos doblemente articulados en los caminos tipo B; actualmente la longitud de las configuraciones consideradas para caminos tipo B, mismas que por ahí circulan, es de 28.50 m. De acuerdo al estudio efectuado, considerando las características geométricas del camino y los volúmenes de tránsito y número de accident
El riesgo en el transporte puede definirse como el número de accidentes ocurridos por unidad de exposición. De acuerdo a los datos sobre el índice de accidentes por millón de vehículos kilómetro obtenido en los últimos 5 años, en el tramo Cd. Valles – San Luis Potosí el índice de accidentes promedio es de 1.35, el cual es de más del doble del índice de accidentes estatal (0.60)y de la media nacional (0.58) en ese período. Otro indicador de riesgo es la probabilidad de que una persona se vea involucrada en un accidente, de acuerdo al número de estos eventos por habitante en la región. Esto se denomina como riesgo personal o riesgo de salud. Si se considera que en la zona habitan aproximadamente 152512 personas (considerando únicamente las poblaciones aledañas a la vía como son: Cd. Valles, Río Verde y Rayón) y se considera únicamente el número de muertos, este índice resulta de 2.43, casi el doble del índice promedio de los países de la OCDE (1.31; BID 1998), lo que significa que un habitante de la zona que utiliza esta carretera, tiene dos veces más probabilidad de morir en un accidente carretero que otro habitante en los demás países. Desde luego, en la medida en que se incrementa el uso de vehículos ligeros, aumenta en mayor proporción la accidentalidad. Los costos para la sociedad que implica la ocurrencia de los accidentes, puede estimarse considerando los costos de indemnización y gastos funerarios, los gastos por atención a los heridos y los costos por daños materiales. Para este caso, éstos fueron de 27.6 millones de pesos en el 2004. Estos son considerados como costos directos. A los costos anteriores, se agregan otros intangibles, pero no por ello menos importantes, como es el daño moral a los habitantes, cuyas familias ven cambiadas de imprevisto sus expectativas de vida. Estos incluyen aspectos tales como el dolor y el sufrimiento. También se consideran las pérdidas por lo que dejan de producir para el país los muertos e incapacitados en los accidentes. Vale la pena mencionar que, siendo el accidente vial un problema multifactorial, ninguna acción correctiva por sí misma podrá resolver el problema totalmente. Sin embargo, en este caso la sociedad y el análisis técnico coinciden en que una medida imprescindible para avanzar hacia la solución integral, es la reclasificación de la carretera, misma que se complementará con programas de corrección de puntos conflictivos, señalización y mantenimiento permanente.
Aviso
Ordenamiento#1 Aviso Artículo 36 | |
Ordenamiento#2 Aviso Artículo 38 | |
Ordenamiento#3 Aviso Artículo 5o. fracción XVIII | |
Ordenamiento#4 Aviso Artículo 6o. |
Descripción#1 Reclasificar el tramo carretero Cd. Valles - San Luis Potosí, de tipo B2 a C, de conformidad con lo que establece el Reglamento sobre el Peso, Capacidad y Dimensiones, de los Vehículos Artículo 6º, cuarto párrafo del Reglamento Sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal. La reclasificación del tramo Cd. Valles - San Luis Potosí, del tipo B2 a C, de acuerdo con los volúmenes vehiculares actuales y las características geométricas del camino, evitará la presencia de vehículos cuya longitud sea superior a 23,5 m mezclados con automóviles. Se ha detectado que muchos de los accidentes ocurridos en el tramo tuvieron como causa factores de invasión de carril contrario, imprudencia, rebasar indebidamente o no guardar la distancia, en donde es evidente que la presencia de vehículos con dimensiones superiores a la capacidad técnica del camino coadyuvan al suceso. Con esto y con las medidas de señalamiento horizontal y vertical que faciliten al usuario la conducción por el camino, se reducirá el número de accidentes y permitirá cuando menos, acercarse al nivel de la media nacional. |
No se requieren recursos públicos adicionales para la aplicación de esta medida, ya que su implementación se llevaría a cabo con los recursos disponibles. Para tal efecto, se efectuarán operativos las 24 h, por el tiempo que sea necesario, para informar y evitar la circulación de configuraciones vehiculares no autorizadas. Dicho personal sería comisionado por la Dirección General de Autotransporte Federal y el Centro SCT San Luis Potosí, sin detrimento de los Programas de inspección rutinarios. Asimismo, dentro del Programa de mantenimiento y conservación, se colocaría señalamiento preventivo en los puntos de conflicto, informando sobre las unidades vehiculares cuyo tránsito estaría restringido por esta vía. Adicionalmente se haría la difusión por conducto de las Organizaciones de transportistas, así como mediante entrevistas y boletines a través de los diferentes medios de comunicación. Cabe señalar que la supervisión y vigilancia se facilitaría, ya que al permitirse las configuraciones de doble articulación únicamente hasta de 23.5 m de longitud, se detectaría de inmediato cualquier otra unidad vehicular con dimensiones superiores, dado que la configuración más cercana en dimensiones, de acuerdo con los vehículos disponibles en operación, es de 28.5 m.
¿El anteproyecto elimina trámites?#1 |
Nombre del trámite#1 |
Nombre del trámite#1 |
Nombre del trámite#1 |