Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Con motivo de la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (RISRE) en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 2 de octubre de 2025 y con fundamento en el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) que establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán adscribir orgánicamente las unidades administrativas establecidas en el Reglamento Interior respectivo, en cuyo caso deberá publicarse el acuerdo correspondiente en el DOF; se somete a consideración el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas, los órganos administrativos desconcentrados y las Oficinas de Pasaportes a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Esta normativa abroga el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, publicado en el DOF el 20 de agosto de 2021. El presente Acuerdo tiene como objetivo mostrar la estructura orgánica de la Secretaría de Relaciones Exteriores así como las líneas de mando de cada una de las unidades administrativas y que cuente con una adscripción actualizada y congruente con la agenda internacional, para con ello ejecutar de una mejor manera la política exterior de México. Lo anterior, apegado y en concordancia con el RISRE vigente; se busca su publicación en el DOF para garantizar una máxima publicidad al ciudadano y que conozcan la forma de organización de la Secretaría.

Apartado II.- Impacto de la regulación

De conformidad con el artículo 36, fracción VIII, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, la propuesta regulatoria no modifica obligaciones existentes ni adiciona nuevos costos burocráticos, lo anterior, por tratarse de un instrumento que, por su naturaleza, debe actualizarse periódicamente, ya que complementa al Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores al detallar la estructura y adscripción de sus unidades administrativas.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos