Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Acuerdo en mención tiene por objeto reanudar los plazos y términos legales de los actos y procedimientos administrativos que se desahogan ante la Unidad Subalterna de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Veracruz, Zona Centro, con sede en Poza Rica, que fueran suspendidos en el diverso publicado en dicho medio de difusión oficial el 31 de octubre de 2025.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El 16 de octubre de 2025, el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave determinó situación Estatal de desastres por la inundación pluvial y fluvial que prevaleció en dicha entidad federativa entre el 06 y el 11 de octubre de 2025; en tal virtud, el 31 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se suspenden los términos y plazos de los procedimientos que lleva a cabo la Unidad Subalterna de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Veracruz, Zona Centro, con sede en Poza Rica, por existir caso fortuito originado por lluvia severa, que generó inundación pluvial y fluvial que prevaleció del 06 al 11 de octubre de 2025 en dicha entidad". El citado instrumento tuvo como objetivo comunicar la suspensión de plazos a partir del 12 de octubre de 2025 y hasta en tanto existieran circunstancias propicias para reanudar actividades; actualmente hay condiciones oportunas para el restablecimiento paulatino de las mismas, por lo que es necesaria la emisión de una propuesta regulatoria que reanude los plazos ante la Unidad Subalterna de la Oficina de Representación Federal del Trabajo en Veracruz, Zona Centro, con sede en Poza Rica. Por lo anterior, la reanudación de términos y plazos no es más que una consecuencia derivada de la suspensión decretada, por lo que no genera ningún costo burocrático que impacte a los particulares. Asimismo, el proyecto cumple con los principios de simplificación y digitalización al no crear procesos innecesarios que impliquen costos burocráticos que dificulten a las personas el acceso y obtención de trámites y servicios, en razón que dar a conocer la reanudación de plazos que nos ocupa permitirá que los particulares gocen de certeza jurídica en sus actuaciones durante el periodo de contingencia. Por lo antes expuesto, se estima que conforme a lo dispuesto en los artículos 36 fracción VIII y 49 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, con la emisión del presente acuerdo no se modifican obligaciones existentes, no adicionan nuevos costos burocráticos ni implica una actualización periódica.

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Apartado III.- Anexos