Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La propuesta regulatoria que nos ocupa tiene la finalidad de dar a conocer los días que serán considerados como inhábiles y con suspensión de labores para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades y órganos administrativos desconcentrados de esta Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en los años 2026 y enero de 2027.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La propuesta regulatoria objeto del presente formulario se encuentra exenta de presentar un análisis de impacto regulatorio, ya que se encuentra en el supuesto establecido en el artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (LNETB), i.e. “no modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos”, ya que únicamente informa los días que serán considerados inhábiles en esta Secretaría. Asimismo, de conformidad con el artículo 49 de la LNETB, es preciso señalar que, por lo expuesto anteriormente, la propuesta que nos ocupa no contiene nuevos costos burocráticos que pudieran generarse con su emisión. Por lo anterior, la propuesta regulatoria de mérito i) No crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes; ii) No modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares; iii) No reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares, iv) ni establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos