Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La propuesta regulatoria deriva de la atención al requerimiento formulado por el Tribunal Superior Agrario, dentro del juicio agrario número 6/2023, la cual es una solicitud de presentada por los habitantes relativa a la creación de un nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominará “LAZARO CARDENAS”, la solicitud de fecha 27 de julio de 1988, se atiende de conformidad con el artículo 329 de la Ley de la Reforma Agraria, en relación al tercer transitorio de la Ley Agraria.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La propuesta no genera costos de cumplimiento por parte de los particulares, no modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocrático; toda vez que se trata de una solicitud de presentada por los habitantes relativa a la creación de un nuevo centro de población ejidal, que de constituirse se denominará “LAZARO CARDENAS”,

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos