Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/60596

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se establecen los alcances y procedimientos para la instalación de sedes nuevas y el funcionamiento de las 214 ya existentes para la consolidación de los servicios educativos que otorga el Programa con la utilización puntual y adecuada de los subsidios asignados; con el objetivo general que se enuncia de “Garantizar la ejecución de proyectos y acciones para la instalación/rehabilitación, mantenimiento, equipamiento y operación de las sedes educativas del Organismo con procedimientos de autoconstrucción comunitaria, a fin de contar con la infraestructura física necesaria para la prestación de los servicios educativos del tipo superior adecuados y pertinentes”. En términos generales los Lineamientos determinan la aplicación de los recursos necesarios para la operación del Programa en sus funciones básicas en las sedes instaladas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Debido a la naturaleza del Programa cuyos recursos están asignados con base en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y con base en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, en su artículo 36 fracción VIII, que refiere el supuesto aplicable al caso para la exención de la realización del Análisis de Impacto Regulatorio, en tanto que no modifican obligaciones existentes, ni adicionen nuevos costos burocráticos, y que se ha emitido y actualizado de manera anual desde 2019 año de inició el Programa; y con fundamento al artículo 49 se solicita la emisión de la Constancia de Exención correspondiente previo a la publicación de los Lineamientos que se presentan.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos