Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Programa de Atención de Planteles Públicos de Educación Media Superior con Estudiantes con Discapacidad, pretende propiciar el desarrollo y mejoramiento de las condiciones de los servicios que brindan los planteles públicos de educación media superior a los estudiantes con discapacidad, a través la canalización de recursos para el fortalecimiento de los servicios, poniendo énfasis en la accesibilidad, infraestructura, el equipamiento especializado y materiales de apoyo; contribuyendo a que dicha población cuente con mejores oportunidades y herramientas que les permita el acceso a una educación integral, equitativa e inclusiva. Su objetivo, es favorecer la inclusión educativa de estudiantes con discapacidad, mediante el acceso a la infraestructura, equipamiento, materiales y mobiliario accesibles en los planteles públicos de educación media superior que les permitan alcanzar los aprendizajes establecidos en los planes y programas de estudio y continuar su trayectoria hacia la educación superior.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Las Reglas de Operación se encuentran en el supuesto del artículo 36, fracción VIII, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos debido a que se trata de regulaciones que por su propia naturaleza se emiten o actualizan de manera periódica.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos