Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/60391

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La presente Nota Aclaratoria al ACUERDO por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles del mes de diciembre de 2025 y de diversas fechas del 2026, para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas y subalternas de la Comisión Nacional Forestal publicado en la edición matutina del 03 de diciembre de 2025, tiene como objetivo general aclarar únicamente el contenido de la fracción IV.- del Artículo Tercero del Acuerdo antes referido, respecto a los días que se considerarán inhábiles del año 2026, a fin de establecer el 16 de noviembre en lugar del 17 de noviembre .

Apartado II.- Impacto de la regulación

La Nota Aclaratoria no genera costos de cumplimiento ni crea nuevas obligaciones ni sanciones para los particulares, toda vez que, solo efectúa la aclaración respecto a la redacción contenida en el inciso IV.- del Artículo Tercero del ACUERDO por el que se hace del conocimiento público, los días que serán considerados como inhábiles del mes de diciembre de 2025 y de diversas fechas del 2026, para efectos de los actos y procedimientos administrativos sustanciados en las unidades administrativas y subalternas de la Comisión Nacional Forestal publicado en el Diario Oficial el pasado 03 de diciembre de 2025, respecto a señalar que se considerará inhábil el 16 de noviembre del año 2026, para efectos de los actos y procedimientos administrativos que realizan las distintas unidades administrativas de la Comisión Nacional Forestal. Esta regulación no genera costos de cumplimiento para los particulares, en virtud de que su expedición obedece a dar certeza y seguridad jurídica a la ciudanía en general, respecto de los días inhábiles de las unidades administrativas y subalternas de la Comisión Nacional Forestal y se emite con base al artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos