Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La publicación propuesta, es para dar a conocer al público en general, el Acuerdo Delegatorio de Facultades a la Dirección Corporativa de Administración y Finanzas, con la finalidad de procurar la mejor organización del trabajo administrativo y agilizar el despacho de asuntos de la Dirección General, la presente propuesta regulatoria, la que delega al Director Corporativo de Administración y Finanzas las facultades que se indican y que son exclusiva de Casa de Moneda de México, El objetivo es dar a conocer a la ciudadanía la publicación de este acuerdo que solo es de exclusiva aplicación a las unidades administrativas de Casa de Moneda de México, a fin de dar cumplimiento el artículo 59 fracción V de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; 11, fracción VI de la Ley de la Casa de Moneda de México y 36 fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, debido a que se refiere exclusivamente, al acuerdo mediante el cual se le hace del conocimiento a la ciudadanía en general mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación de un acuerdo donde se delegan funciones a una unidad administrativa por parte del Director General de Casa de Moneda de México, por lo que dicho acuerdo es exclusivo de la Entidad, derivado de lo cual no se genera ninguna obligación y genera mejor organización del trabajo administrativo y agilizar el despacho de los asuntos competencia de esta Entidad. Así mismo están exentas del Análisis de Impacto Regulatorio, las Propuestas Regulatorias que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos Aquellas que no modifiquen obligaciones existentes, ni adicionen nuevos costos burocráticos, o que por su propia naturaleza deban emitirse o actualizarse de manera periódica de conformidad a la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos