Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación propuesta consiste en el Programa Institucional del Centro de Investigaciones en Óptica, A.C., 2025-2030. El presente instrumento establece la planeación estratégica de la institución para alinear sus actividades científicas, académicas, tecnológicas y de divulgación en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, el Programa Sectorial de Ciencias, Humanidades, Tecnología e Innovación 2025-2030, la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, La Ley de Planeación y las directrices del Sistema Nacional de Centros Públicos. Los objetivos generales son: 1. Consolidar las trayectorias del personal de investigación mediante el fortalecimiento de las capacidades institucionales y el apoyo a personas investigadoras, asegurando la inclusión para potenciar su desarrollo profesional y su inserción efectiva en la comunidad científica y tecnológica. 2. Garantizar la generación de investigación básica y aplicada y fortalecer la infraestructura científica, mediante el fomento de la colaboración interinstitucional, interdisciplinaria e internacional, enfocada a la atención de prioridades nacionales. 3. Impulsar a la comunidad estudiantil con vocación científica y tecnológica para adquirir una formación académica sólida que les permita, una vez concluidos sus estudios, acceder a una posición académica, docente o empresarial desde la que puedan contribuir al desarrollo del país. 4. Impulsar el desarrollo tecnológico que aporte a la solución de prioridades nacionales, como energía, medio ambiente, salud, entre otras, promoviendo la independencia tecnológica y el bienestar social. 5. Promover la formación de vocaciones científicas mediante acciones de divulgación y ciencia. 6. Impulsar la articulación y colaboración de la institución en el Sistema Nacional de Centros Públicos para la atención de prioridades nacionales. Por lo anterior, la aplicación de la presente regulación, da como resultado el cumplimiento de metas y objetivos del CIO.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La presente regulación – Programa Institucional del Centro de Investigaciones en Óptica, A.C., 2025-2030- no genera costos para los particulares, ya que es un instrumento de planeación estratégica, que establece objetivos y metas dirigidos exclusivamente al ámbito interno del propio Centro Público de Investigación y a la coordinación con otras entidades del sector público. El Programa Institucional que nos ocupa, no regula la conducta de particulares, ni impone costos de cumplimiento, ya que no establece procedimientos, permisos, autorizaciones que deban realizar personas físicas o morales externas al Centro. Su implementación tiene como finalidad optimizar la gestión institucional para contribuir al desarrollo científico y tecnológico del país. En consecuencia, los beneficios descritos en los objetivos generales -generación de conocimiento, formación de recursos humanos, divulgación científica- no implican costos directos ni indirectos para los particulares, sino que se traducen en oportunidades de acceso y colaboración voluntaria. Lo anterior, con fundamento en lo establecido en el artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos

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Apartado III.- Anexos