Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Exención de AIR

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se dan a conocer los días en los cuales no correrán los plazos y términos dentro de los procedimientos administrativos y actos que se tramiten o deban tramitarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), a fin de dar certeza y seguridad jurídica a las entidades y personas sujetas a la supervisión de dicha CNBV, así como a otras autoridades y público en general. Lo anterior, en términos de lo previsto por los artículos 14 y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, 4 y 28, párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y demás disposiciones legales aplicables, así como en el 63 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de febrero de 2024, y su respectiva reforma. Por lo anterior, la CNBV somete a consideración de esa Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) la presente solicitud de exención de Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) sobre el anteproyecto “Acuerdo por el que se determinan los días que se considerarán como inhábiles para efectos de los actos y procedimientos administrativos que se tramiten o deban tramitarse ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, por las entidades y personas sujetas a la supervisión de dicha Comisión, así como por las autoridades y público en general” (Proyecto Regulatorio). Asimismo, se precisa que, en los días y periodos inhábiles comprendidos en el Proyecto Regulatorio, se entenderán suspendidos los plazos para que la CNBV tome conocimiento o resuelva lo conducente respecto de los trámites o procedimientos que se gestionen ante ella. Por lo anterior, la CNBV somete a consideración de esa ATDT la presente solicitud de Constancia de Exención de Análisis de Impacto Regulatorio sobre el Propuesta Regulatoria, ya que se actualiza el supuesto contenido en el artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, toda vez que la Propuesta en cuestión no pretende modificar obligaciones existentes ni adicionar nuevos costos burocráticos, ya que la finalidad de la emisión de este instrumento, es la actualización anual de las Disposiciones mediante la emisión de un documento que brinde certeza jurídica a las entidades y personas sujetas a regulación y supervisión de este órgano desconcentrado respecto de los días en que no correrán términos y plazos en este órgano desconcentrado. No se omite señalar que el documento anexo al presente formulario fue modificado a fin de adicionar un segundo párrafo que tiene por objeto precisar que el Presidente de la CNBV podrá determinar los días hábiles que considere necesarios a fin de atender cuestiones prioritarias.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La emisión del Proyecto Regulatorio, objeto de la presente solicitud de Exención de AIR que se somete a consideración de esa ATDT atendiendo a lo establecido en el artículo 49 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, no representa costo alguno para los destinatarios de la norma, toda vez que no crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o se hacen más estrictas las existentes; no se modifican o se crean trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares; no reducen ni restringen prestaciones o derechos y no se establecen o modifican definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites para los particulares, en virtud de que únicamente la CNBV da a conocer, como cada año, los días en los cuales no correrán los plazos y términos dentro de los procedimientos administrativos y actos que se tramiten o deban tramitarse ante dicha CNBV, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

No

No

No

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Apartado III.- Anexos