Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

A través del proyecto de Circular Modificatoria se da a conocer el listado de entidades inscritas en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras para el año 2026.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El objeto del anteproyecto es dar a conocer al publico en general, qué entidades inscritas en el Registro General de Reaseguradoras Extranjeras solicitaron la renovación de su inscripción para el año 2026. En ese contexto, la propuesta regulatoria brinda certeza jurídica para las instituciones de seguros, de fianzas y sociedades mutualistas de seguros que deseen celebrar contratos de reaseguro con entidades que reunieron los requisitos previstos en la normativa aplica, a saber, artículo 107 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y el Título 34 de la Circular Única de Seguros y Fianzas. Consecuentemente, el anteproyecto no modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos, ni corresponde a alguna disposición o que por su propia naturaleza deba emitirse o actualizarse de manera periódica, ubicándose en el supuesto establecido en el artículo 36, fracción VIII, de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos