Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

CEPMUJERES/2SO/053/29092025, las personas integrantes del Comité de Evaluación de Proyectos, en términos de los numerales Vigésimo Segundo, Vigésimo Cuarto, Vigésimo Sexto, incisos e) y h), y Trigésimo Octavo de los Lineamientos para la Obtención y Aplicación de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2025 aplicables, aprueban por unanimidad que se lleve a cabo la precisión de los montos destinados a Recursos Humanos y Recursos Materiales del apartado C.7 Recursos Humanos y Adquisiciones.

Apartado II.- Impacto de la regulación

En atención a lo dispuesto en los artículos 36, fracción VIII, y 49 de la Ley para Eliminar Trámites Burocráticos, la publicación de la presente Nota Aclaratoria no genera nuevos costos burocráticos. Su finalidad es modificar el Anexo Técnico del Convenio de Coordinación y Adhesión celebrado, por lo que la propuesta no implica costos para los particulares, no los afecta en modo alguno ni les implica el pago de cuota o contraprestación alguna.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos