Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Aviso de Declaratoria de Abandono de Aeronaves localizadas en el “Aeropuerto Internacional de Ciudad Obregón” tiene por objeto informar a las personas que pudieran tener interés jurídico respecto de las aeronaves en presunto estado de abandono en el Aeropuerto Internacional de Ciudad Obregón, a efecto de que, en su caso, formulen las objeciones que conforme a derecho procedan en relación con el procedimiento de declaratoria de abandono correspondiente, bajo apercibimiento de que, de no presentarse objeción alguna dentro del plazo establecido, se procederá a declarar el abandono de las referidas aeronaves en beneficio de la Nación.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El Aviso de Declaratoria de Abandono de Aeronaves localizadas en el “Aeropuerto Internacional de Ciudad Obregón” es de carácter informativo y las objeciones que se formulen no tiene costo para el particular, lo anterior de conformidad con el artículo 36 fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos