Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La publicación propuesta, se refiere a una publicación en el Diario Oficial de la Federación, para dar a conocer al público en general, del aviso mediante el cual se da a conocer la página electrónica donde se encuentra disponible el Manual de Organización de la Casa de Moneda de México. El objetivo general es dar a conocer a la ciudadania la públicación de una norma interna de aplicación exclusiva a Casa de Moneda de México, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto 19 de la Ley órganica de la Administración Pública Federal; Artículo 4 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y demás normatividad aplicable a la Entidad, en su caracter de Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La regularización propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, debido a que se refiere exclusivamente, al aviso a la ciudadania en general del aviso de publicación en el Diario Oficial de la Federación de una norma interna de aplicación exclusivamente a Casa de Moneda México, por lo que dicho aviso aplica exclusivamente a esta Entidad y derivado de lo cual no genera ninguna obligación o costo a los particulares. De conformidad con lo establecido en el artículo 36 fracción VIII de la Ley Nacional Para Eliminar Trámites Burocráticos del cual se drespende lo siguiente: "Artículo. 36 Están excentas de Ánalisis de Impacto Regulatorio, las propuestas regulatorias que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos. ... VIII. Aquellas que no modifiquen obligaciones existentes, ni adicionen nuevos costos burocráticos, o que por su propia naturaleza deban emitirse o actualizarse de manera periódica."

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos