Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Exención de AIR

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Conforme al artículo 90 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros, la Secretaría de Educación Pública tiene la facultad de regular los procesos de cambios de centro de trabajo de una entidad federativa a otra, para las maestras y los maestros en educación básica y media superior. Por lo que, a través de este Acuerdo, se asignará la facultad de operación de dicho proceso a la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera un costo a particulares, dado que no involucra su intervención en la regulación planteada. El proceso de cambios de centros de trabajo es gratuito. Finalmente, dicho Acuerdo Secretarial involucra una reasignación de funciones operativas, por lo que el impacto ya se encuentra previsto en el marco regulatorio actual. El ordenamiento normativo por la cual se considera la exención es el artículo 36, fracción VIII de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos