Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
(Justificación de que se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 36 de la presente Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos)
El objetivo de la regulación propuesta o Aviso es dar a conocer que la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (Agencia o ASEA) someterá al proceso de consulta pública el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-ASEA-2025, Estaciones de Servicio con fin Específico para Expendio al Público de gasolinas y/o diésel para Vehículos Automotores (cancela a la NOM-005-ASEA-2016, Diseño, construcción, operación y Mantenimiento de Estaciones de Servicio para almacenamiento y expendio de diésel y gasolinas), mismo documento que fue aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos en su Tercera Sesión Ordinaria 2025 celebrada el día 2 de octubre del 2025. Así como, señalar el enlace en la cual estará disponible para su consultada y el correo electrónico al que los interesados podrán presentar sus comentarios. Lo anterior, con la finalidad de estar en posibilidades de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 35, fracción V, primer párrafo y 38 de la Ley de Infraestructura de la Calidad.
En este sentido, en la propuesta regulatoria se señala el texto completo del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-023-ASEA-2025 puede ser consultado en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad a través del siguiente enlace https://platiica.economia.gob.mx/proyectos-de-nom/; y se establece el correo electrónico: maria.gutierrez@asea.gob.mx para la recepción de los comentarios.
• Posibles nuevos costos para Unidades de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos
Con la emisión de propuesta regulatoria no se considera la generación de nuevos costos hacía los particulares. Debido a que no modifica obligaciones existentes, ni adiciona nuevos costos burocráticos a los particulares, únicamente es dar aviso del proceso de consulta pública del Proyecto de NOM en comento.
Apartado II.- Impacto de la regulación
4. Justifique las razones por las que considera que la regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que ésta genera:
*
La propuesta regulatoria objeto de la presente solicitud de exención de AIR se presenta con fundamento en la fracción VIII del artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. Toda vez que, se estima que la Propuesta Regulatoria no modifica obligaciones existentes, ni adicionan nuevos costos burocráticos. Sino que establece el cumplimiento de una obligación en la Ley de Infraestructura de la Calidad, por lo cual es necesaria su emisión.
5.1 Crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes:
No
5.2 Modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares:
No
5.3 Reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares:
No
5.4 Establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares:
No
Apartado III.- Anexos
Anexe las versiones electrónicas de los documentos consultados o elaborados para diseñar la regulación: