Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El objetivo del proyecto es modificar la fecha de conclusión de la veda temporal para la captura comercial de todas las especies de camarón en la zona marina que abarca desde la frontera con los Estados Unidos de América (E.U.A), en Tamaulipas, hasta la desembocadura del Río Coatzacoalcos, en Veracruz, establecidas mediante el “Acuerdo por el que se establecen las épocas y zonas de veda para la pesca comercial de todas las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe para el año 2025 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril 2025, que originalmente, establece el 25 de octubre de 2025 como fecha de fin de la veda, para quedar con este proyecto hasta las 18:00 horas del 10 de noviembre de 2025.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El anteproyecto se ubica en los supuestos previstos en las fracciones III y VIII del artículo 36 de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, dado que la regulación tiene como finalidad prevenir un daño inminente al medio ambiente, a los recursos naturales o a la economía y su implementación, que obedece por una parte al ciclo de vida y procesos reproductivos de las especies de camarón y por la otra al logro de tallas comercialmente aceptables conforme a la demanda del marcado , es una regulación que requiere actualización periódica en razón de que conforme a la opinión técnica del IMIPAS se deben de actualizar las medidas. Cabe mencionar que dentro de los posibles costos que pudieran llegar a generarse con la Propuesta Regulatoria son por la ampliación del periodo de veda por 16 días, sin embargo, de acuerdo con los estudios del IMIPAS se protege el crecimiento individual de los reclutas hasta el día 10 del mes de noviembre periodo al final del cual ya se extraerían tallas comercialmente más favorables, lo que no sucedería antes de esa fecha.

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Apartado III.- Anexos