Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Exención de AIR

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

(Justificación de que se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 36 de la presente Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos) Con sujeción al marco jurídico aplicable, la Agencia Nacional de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (en adelante, “Agencia o ASEA”) propone la instrumentación la presente propuesta regulatoria cuyo objetivo es establecer los requisitos y las velocidades máximas permitidas para el tránsito en vialidades federales y locales de las Unidades de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos, de conformidad con la información proporcionada por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), por el Sistema de Registro, Administración y Control a Permisionarias (SIRACP) y por el Sistema de Monitoreo Proactivo (GPS de Unidades de Transporte y/o Distribución) que desarrolle y administre la Secretaría de Energía para la detección y alertamiento de excesos de velocidad durante la operación de las Unidades de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos, así como el establecimiento del procedimiento de supervisión, inspección y sanción, a través de medios electrónicos, para vigilar el cumplimiento de la regulación propuesta. De igual forma, se establece que la regulación propuesta será aplicable para los Regulados que realicen la actividad de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos, a través de Semirremolques, Auto-tanques y Vehículos de Reparto (Unidades de Transporte y/o Distribución), según corresponda. La regulación propuesta está dirigida a atender el riesgo derivado del transporte y distribución de petrolíferos como el gas licuado de petróleo (Gas L.P.) y la gasolina, toda vez que se requiere reforzar a la brevedad la seguridad en el desarrollo de las actividades mencionadas, con el fin de evitar daños inminentes a la integridad, salud y seguridad de la comunidad circundante al desarrollo de las actividades mencionadas, a las personas que realizan dichas operaciones y para el medio ambiente. La emisión de la presente propuesta regulatoria se presentan en un contexto en el cual se han incrementado los accidentes ocurridos en México asociados con vehículos para transporte y distribución de petrolíferos, destacando el ocurrido el pasado 10 de septiembre en la alcaldía Iztapalapa de la Ciudad de México, en el que la volcadura de una pipa que transportaba 49,500 litros de Gas L.P., provocó una fuga el gas y posterior incendio que ha dejado hasta el momento un saldo más de treinta personas fallecidas y más de 20 heridas; y el accidente que tuvo lugar el 29 de enero de 2015 en la alcaldía Cuajimalpa derivado de actividades de distribución de Gas L.P., relativa a una fuga e incendio de un Auto-tanque cuando estaba surtiendo de dicho energético al Hospital Materno Infantil de Cuajimalpa, reportándose cinco personas fallecidas, 73 lesionados, 91 viviendas afectadas y suspensión de labores en la zona. Asimismo, sobresalen accidentes como el que tuvo lugar el pasado 22 de septiembre, cuando un Autotanque cuyo recipiente transportaba gasolina con gran capacidad, se volcó y explotó sobre la carretera México-Tuxpan, en los límites de los estados de Puebla e Hidalgo y el que tuvo lugar el 26 de mayo del presente año derivado de la volcadura de un vehículo de transporte de gasolina con capacidad de 30 mil litros, el cual se registró en la alcaldía Miguel Hidalgo. Finalmente, se muestra la identificación y descripción de los posibles nuevos costos burocráticos derivados de la emisión de la propuesta regulatoria: Posibles nuevos costos para Unidades de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos Implementación de la plataforma del Sistema de Monitoreo Proactivo (GPS de Unidades de Transporte y/o Distribución) para la detección de excesos de velocidad en la operación de las Unidades de Transporte y/o Distribución de Petrolíferos.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El anteproyecto objeto de la presente solicitud de exención de presentación de AIR se presenta con fundamento en el artículo 36, fracción III y Tercero Transitorio de la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos, en este sentido, la justificación solicitada no es aplicable a la regulación propuesta.

Si

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Apartado III.- Anexos