Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El "Acuerdo por el que la Comisión Nacional de Energía deja sin efectos la regulación aplicable a las Ventas de Primera Mano y a la Regulación Asimétrica de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Filiales", consiste en: • Dejar sin efectos la regulación sobre las Ventas de Primera Mano (VPM). • Eliminar la Regulación Asimétrica que se aplicaba exclusivamente a PEMEX y sus empresas filiales. El objetivo principal es restablecer la equidad competitiva en el mercado, dado que el marco regulatorio previo generaba asimetrías que limitaban la capacidad de competencia de PEMEX frente a otros agentes económicos. La supresión de estas cargas normativas fortalece la capacidad operativa y estratégica de la Empresa Pública del Estado y sus empresas filiales lo que le permite optimizar su contribución al desarrollo energético nacional y alinearse con los objetivos de política pública establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La presente propuesta regulatoria deja sin efectos las VPM y elimina la Regulación Asimétrica aplicable a PEMEX y sus empresas filiales. Esta medida no genera costos de cumplimiento ni impone obligaciones adicionales a los particulares. Por el contrario, representa una reducción de las cargas regulatorias impuestas a PEMEX y sus empresas filiales, en comparación con otros participantes del mercado. Esta modificación beneficia directamente a esta empresa pública del Estado y sus empresas filiales, fortaleciendo su capacidad operativa y estratégica para el desarrollo energético nacional. La propuesta regulatoria no genera obligaciones o sanciones para los particulares, ni hace más estrictas las obligaciones existentes; no crea o modifica trámites para los particulares, no reduce ni restringe prestaciones o derechos para los particulares, ni establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia que afecten derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares, por el contrario, es de aplicación exclusiva a Petróleos Mexicanos y sus empresas públicas del Estado.

No

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No

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Apartado III.- Anexos