Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/59158

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El artículo 11, fracciones II, III, V, VI y XII, del Reglamento Interior de Transparencia para el Pueblo, disponen que la Dirección General de Obligaciones de Transparencia, tendrá a su cargo, entre otras, las facultades relativas a la atención de las consultas formuladas por dependencias o entidades de la Administración Pública Federal o cualquier otra autoridad pública, así como particulares, brindando acompañamiento permanente en las materias de su competencia; así como la verificación del cumplimiento de las obligaciones de transparencia. El artículo 11, último párrafo y 12 del Reglamento antes citado, disponen que la Dirección General de Obligaciones de Transparencia se auxiliará para el ejercicio de sus atribuciones, de las Direcciones de Acompañamiento, Verificación y Cumplimiento A, B, C, D y E; para lo cual, la persona titular del órgano desconcentrado Transparencia para el Pueblo, determinará las dependencias y entidades de la Administración Pública, respecto de las cuales competerá el ejercicio de sus atribuciones a dichas Direcciones de Acompañamiento, Verificación y Cumplimiento,

Apartado II.- Impacto de la regulación

El proyecto no crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares, ni hace más estrictas las existentes; tampoco modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas o costos de cumplimiento para los particulares; no reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares; tampoco establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos