
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Se establece un monto para importar juguetes y productos para bebé, con el arancel-cero establecido en el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el18 de noviembre de 2022,
El 18 de noviembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, con el objeto, entre otros, de establecer el arancel–cupo aplicable a la importación de juguetes y productos para bebé clasificados en diversas fracciones arancelarias y a juguetes clasificados en el Capítulo 95 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía, derivado de la necesidad de complementar la oferta de estas mercancías en territorio nacional, y con ello fomentar la competitividad que se tiene al exterior en igualdad de condiciones; El dinámico entorno comercial de la industria del juguete y de los productos para bebé observa grandes cambios, derivado del acelerado uso de nuevas tecnologías en la innovación y la comercialización, lo que ha propiciado una mayor demanda en el consumo de juguetes, tendencias que hacen imperativo para las empresas de esos sectores replantear sus estrategias de negocio e innovar para hacer frente a los retos y oportunidades de un mercado competitivo; El establecimiento de facilidades a la importación, concebidas como una medida para fortalecer la posición competitiva de los productores, ha propiciado sinergias de inversión, innovación y desarrollo de productos en México, tanto de marcas nacionales como extranjeras, en aras de generar las condiciones necesarias para una mejor proyección sectorial. En este sentido, con datos del Instituto Nacional de Estadística (INEGI), durante el periodo 2019 a 2024, la industria del juguete ha tenido una tasa de crecimiento media anual del 11.1% en la producción; 8.0% en el empleo; y 3.3% en los salarios reales; El 19 de septiembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé, el cual estuvo en vigor hasta el 20 de septiembre de 2024 y resulta conveniente dar continuidad al monto de importación para seguir impulsando el desarrollo y crecimiento económico de este sector, y continuar implementando herramientas de política industrial y comercial, que permitan la consolidación de las metas y objetivos de interés nacional; EL anteproyecto que se presenta no genera costos a los particulares, al ser una continuidad de la medida previamente publicada, y no impone nuevas obligaciones pues se basa en los mismos requisitos y condiciones previamente establecidos y tampoco crea nuevas obligaciones, por el contrario, otorga el beneficio para importar mercancías sin el pago de arancel a través de los mecanismos que ahí se señalan y mediante trámites ya existentes. El mecanismo de asignación directa será la modalidad de asignación para este monto de importación, el cual está dirigido al sector del juguete y los productos para bebé con la finalidad de reconocer el esfuerzo productivo de cada empresa, al favorecer el acceso al monto de importación bajo este mecanismo de asignación, especialmente a las micro y pequeñas empresas para promover por igual la competitividad de todos los participantes; La asignación directa se considera el mecanismo idóneo toda vez que: los juguetes y productos para bebé están directamente vinculados con la salud, seguridad y desarrollo infantil, lo que exige condiciones de importación controladas y específicas; permite una gestión más ágil y oportuna del cupo, lo cual es fundamental para responder a la alta demanda estacional y asegurar el abasto oportuno; puede diseñarse con criterios de equidad, fomentando la participación de pequeñas y medianas empresas, lo que es coherente con la política de inclusión productiva establecida por esta Secretaría; y puede establecer límites máximos, lo que permite una distribución más equitativa y transparente, evitando concentraciones o asignaciones especulativas; Para determinar el monto de asignación para importar juguetes y productos para bebé, se considerará como monto base de asignación para empresas tradicionales, durante la vigencia del presente Acuerdo, el monto de asignación otorgado de septiembre de 2023 a septiembre de 2024, año en el que estuvo vigente el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2022 y para las empresas nuevas interesadas en la asignación de monto a importar, será considerando sus ventas de producción nacional; La medida que se establece en el presente Acuerdo es un instrumento de política industrial, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, toda vez que, promueve las acciones de las industrias del juguete y los productos para bebé, para cumplir con los objetivos del mencionado Proyecto de Nación, a través de las estrategias del Plan México, las cuales se orientan, principalmente, a la elevación del contenido nacional y regional, la creación de empleos bien remunerados en sectores de manufactura, el incremento de la proveeduría local de más valor, entre otros, así como al fomentar el acceso a productos esenciales para el desarrollo infantil a precios competitivos, apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas mediante un esquema de asignación más equitativo. Esto se alinea con los ejes prioritarios de bienestar social, inclusión productiva y fortalecimiento del mercado interno, promoviendo condiciones que impactan positivamente en la economía familiar y en el desarrollo integral de la niñez
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