Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Que es necesario realizar acciones que permitan reconocer el derecho de las personas trabajadoras al servicio del Estado para acceder a una pensión justa y digna, lo cual es acorde con la Recomendación 162 de la OIT, en el numeral IV, referente a la Preparación y Acceso al Retiro, que propone a los Estados adoptar medidas para flexibilizar la edad para las prestaciones de vejez, de acuerdo con las actividades desempeñadas y la capacidad de las personas de edad avanzada, teniendo también en cuenta factores demográficos, económicos y sociales

Apartado II.- Impacto de la regulación

Que la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de México, considera de notoria urgencia atender la Recomendación 162 de la OIT, en el numeral IV, referente a la Preparación y Acceso al Retiro, por lo que es procedente detener el incremento de la edad mínima de jubilación para el año 2025 y reducirla gradualmente, iniciando con un año en la edad de jubilación, cada tres años, hasta concluir en el año 2034, para llegar a 53 años de edad, para las trabajadoras al servicio del Estado y, 55 años de edad, para los trabajadores al servicio del Estado, con la finalidad de que no tengan que esperar más años para acceder a un pensión justa y digna. En ese sentido, no se generan costos de cumplimiento, ya que solo se reduce gradualmente la edad mínima para acceder a dicha pensión, lo que implica un beneficio para las personas trabajadoras al Servicio del Estado.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos