Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Decreto tiene por objeto cumplir con el mandato del párrafo segundo del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo cual se establece que el juicio en la vía sumaria deberá resolverse en un plazo máximo de seis meses por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, asimismo se realizan ajustes en torno a los principios que conforman el derecho de tutela judicial, debido proceso e igualdad procesal.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El instrumento en comento no genera costos de cumplimiento para los particulares, es decir, no crea nuevas obligaciones ni hace más estrictas las obligaciones existentes a los particulares; no reduce ni restringe derechos o prestaciones para los particulares y no crea o modifica trámites; y no establece definiciones, clasificaciones, caracterizaciones ni cualquier otro término de referencia que conjuntamente con otra disposición en vigor o con una disposición futura afecte o pueda afectar los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos