Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Las presentes Reglas de Operación de la Comisión Intersecretarial para la atención, reconstrucción y recuperación económica de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado de Guerrero, fueron aprobadas en la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Intersecretarial, celebrada el 25 de febrero de 2025, las cuales tienen por objeto regular la operación, organización y funcionamiento de dicha Comisión Intersecretarial. Lo anterior, con fundamento en los artículos 16 y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; así como el 5 y quinto transitorio del Decreto por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la atención, reconstrucción y recuperación económica de los municipios de Acapulco de Juárez y Coyuca de Benítez, en el Estado de Guerrero, dentro del Programa de Desarrollo Turístico Integral “Acapulco se Transforma Contigo”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2025.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El instrumento en comento no genera costos de cumplimiento para los particulares, es decir, no crea nuevas obligaciones ni hace más estrictas las obligaciones existentes a los particulares; no reduce ni restringe derechos o prestaciones para los particulares y no crea o modifica trámites; y no establece definiciones, clasificaciones, caracterizaciones ni cualquier otro término de referencia que, conjuntamente con otra disposición en vigor o con una disposición futura, afecten o pueda afectar los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos