Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El anteproyecto de Acuerdo modifica el diverso por el que se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de responsabilidades publicado el 16 de enero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de actualizar algunos de los domicilios de los órganos internos de control, así como denominaciones de los entes de la Administración Pública Federal en donde se ubican, a fin de que los ciudadanos tengan un punto de contacto claro y directo con los mismos. Asimismo, se adiciona el artículo Tercero Bis al Acuerdo por el que la persona titular de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno delega las facultades que se indican, publicado el 16 de abril de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, para facilitar el cumplimiento de los objetivos de dicha dependencia y mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones a su cargo.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El anteproyecto de Acuerdo no genera costos de cumplimiento para los particulares, ya que: a) No crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares. No hace más estrictas las existentes. b) No crea, ni modifica trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares. c) No reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares. d) No establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia. No afecta derechos, obligaciones, prestaciones, o trámites de los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos