Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La operación del Programa Fomento al Cine Mexicano, al amparo de sus Lineamientos, contribuirá a construir un sistema de apoyos financieros para personas dedicadas a la creación, producción, distribución, comercialización y exhibición de películas nacionales, así como para personas e instituciones interesadas en preservar acervos cinematográficos de relevancia. Se trata de un sistema que estimulará la participación de los sectores público, social y privado en la reactivación integral de la industria cinematográfica nacional. El Programa Fomento al Cine Mexicano coadyuvará al cumplimiento de lo establecido los artículos 7, 11 y 12 de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; 1, 4, 14, 31 y 41 de la Ley Federal de Cinematografía, así como a los objetivos del Instituto Mexicano de Cinematografía, establecidos en su Decreto de Creación y Estatuto Orgánico.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La regulación no genera costos de cumplimiento para los particulares toda vez que, como lo indica su propia definición, se trata de un apoyo financiero a través del Programa denominado Fomento al Cine Mexicano para personas dedicadas a la creación, producción, distribución, comercialización y exhibición de películas nacionales, así como para personas e instituciones interesadas en preservar acervos cinematográficos de relevancia.

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No

No

Apartado III.- Anexos