Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Regulación que tiene como propósito actualizar los Lineamientos para Regular el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03 de agosto de 2023, derivado de la recién modificación al Estatuto Orgánico del SNDIF, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2024, mediante el cual quedó previsto en el artículo 34, fracción VIII Bis, que la facultad de diseñar, implementar, actualizar y administrar, con arreglo a las disposiciones jurídicas aplicables, corresponde a la Dirección General de Coordinación y Políticas de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y ya no a la Dirección General de Asuntos Jurídicos como era anteriormente. Además que, han sido detectadas por los enlaces de los Tribunales Superiores de Justicia en las entidades federativas y de la Ciudad de México, diversas áreas de oportunidad en la operación del RNOA, por lo que, resulta necesario llevar a cabo diversas actualizaciones técnicas y normativas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Toda vez que la presente regulación que tiene como objetivo actualizar los Lineamientos para Regular el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 03 de agosto de 2023, derivado de la recién modificación al Estatuto Orgánico del SNDIF, publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2024, mediante el cual quedó previsto en el artículo 34, fracción VIII Bis, que la facultad de diseñar, implementar, actualizar y administrar, con arreglo a las disposiciones jurídicas aplicables, corresponde a la Dirección General de Coordinación y Políticas de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y ya no a la Dirección General de Asuntos Jurídicos como era anteriormente; por lo tanto no genera costos de cumplimiento ni obligaciones para los particulares, ni restringe sus derechos adquiridos.

No

No

No

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Apartado III.- Anexos