Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se delega en la persona titular de la Dirección General “La Escuela es Nuestra”, facultades para coordinar las acciones de implementación y operación del Programa La Escuela es Nuestra para el ejercicio fiscal 2025, que permitan el cumplimiento eficiente y eficaz de los objetivos y metas del PROGRAMA.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Las facultades para coordinar las acciones de implementación y operación del Programa son realizar ante las instancias competentes de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, todas las acciones, trámites y la suscripción, en representación de la Secretaría de Educación Pública, de contratos, convenios y demás actos jurídicos de cuya ejecución se desprenda el otorgamiento de subsidios con sujeción a lo dispuesto en la normativa aplicable y previo acuerdo con la persona titular de la Unidad de Actualización Normativa, Legalidad y Regulación, que permitan el cumplimiento eficiente y eficaz de los objetivos y metas del PROGRAMA, así como planear, programar, ejercer y comprobar el presupuesto aprobado y ejercido del PROGRAMA en coordinación con las unidades administrativas que resulten competentes de la referida dependencia.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos