Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El presente acuerdo tiene por objeto declara la suspensión para la recepción de todos los trámites nuevos competencia de esta Comisión Nacional de Hidrocarburos a través de los medios establecidos para tal efecto; así como la suspensión de los plazos y términos para la tramitación, substanciación y resolución de cualquier procedimiento llevados a cabo en la Comisión Nacional de Hidrocarburos, durante el período comprendido entre la entrada en vigor del presente Acuerdo y la entrada en vigor de la legislación secundaria prevista en el Decreto.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El presente acuerdo se presenta con motivo de la extinción de la Comisión, estableciendo las medidas conducentes para garantizar una transición y transferencia ordenada y eficaz de los asuntos que se encuentran en trámite, por lo que se considera necesario suspender los plazos y términos de los actos y procedimientos sustanciados en la Comisión. Por lo anterior, al no establecer una carga administrativa adicional a los operadores, no se generan ni costos administrativos, ni de oportunidad, por el contrario, el presente anteproyecto genera certeza jurídica para los sujetos regulados.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos