
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA)
Reglas de Operación, con fundamento en los artículos 4o., párrafo tercero, 25, 26 apartado A, 27, fracción XX y 28, párrafo decimotercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9, 12, 13, 32, 35, 37, 38, 39 y 40 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 1, 7, 8, 32, 53, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 104, 140, 143, 164, 178, 183, 190 fracciones I y II, y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 1 y 70 fracciones I, XV, XXVI y XXXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 1, 5, 6, 21 y 23 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 3, fracción XII, 27, 28, 29 y 30, los Anexos 10, 11, 13, 16, 25 y 26 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2025; y los artículos 1, 3 y 5, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural,
Accion#1 Crea Consulta 31 dic 2025 Electrónico Los establecidos en cada uno de los componentes que integran las Reglas de Operación La establecida en el artículo 5 delas presentes Reglas No N/A Para implementar el Programa Programa de Abasto Rural a cargo de Diconsa, S.A. de C.V. (DICONSA) mandatado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025 es necesaria la publicación de las presentes Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación. Reglas de Operación N/A |