Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El anteproyecto tiene como finalidad reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, publicado el 29 de enero de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, con el objetivo de determinar la actual competencia y atribuciones de sus unidades administrativas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Se considera que el anteproyecto no genera nuevas obligaciones ni sanciones para los particulares ni tampoco hace más estrictas las existentes debido a que no modifica ni crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento, no reduce ni restringe prestaciones ni derechos, no establece ni modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones que pudieran afectar derechos u obligaciones de los particulares. Su único objetivo es reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del mismo, con el fin de atender necesidades internas actuales de la Dependencia del Ejecutivo Federal relativas a su organización y funcionamiento.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos