Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La presente regulación tiene con propósito determinar las bases, criterios y condiciones que deberá observar y aplicar el personal multidisciplinario adscrito a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, al realizar intervenciones multidisciplinarias vía remota, así como las pautas a seguir para la integración de la información recabada por este medio y la utilización de videoconferencias para el desahogo de las intervenciones referidas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Toda vez que los presentes Lineamientos tienen como propósito determinar las bases, criterios y condiciones que deberá observar y aplicar el personal multidisciplinario adscrito a la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, al realizar intervenciones multidisciplinarias vía remota, así como las pautas a seguir para la integración de la información recabada por este medio y la utilización de videoconferencias para el desahogo de las intervenciones referidas, por lo tanto, no genera costos de cumplimiento ni obligaciones para los particulares, ni restringe sus derechos adquiridos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos