Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

No

No

Si

Si

La regulación propuesta otorga certeza jurídica al sector regulado, asimismo, este instrumento no deriva de un compromiso internacional, el cual representa mayores beneficios que costos en términos de la competitividad y eficiencia de los mercados, ya que dentro de la regulación se especifica de manera clara y concisa requisitos y casusas de revocación, así como otras disposiciones relacionadas con la modalidad del Servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital, lo cual brinda certeza al solicitante respecto del trámite.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo principal de la Propuesta Regulatoria es regular el servicio de transporte terrestre de pasajeros contratado mediante plataformas digitales, en la modalidad de transporte de y hacia puertos y aeropuertos. A través de esta regulación, se busca promover la competencia y la libre concurrencia en el sector, ofreciendo a los usuarios un servicio de transporte seguro, eficiente y moderno. Asimismo, se pretende aprovechar las tecnologías digitales para facilitar la conexión entre pasajeros y conductores, asegurando un marco normativo que brinde claridad y certidumbre tanto a los prestadores de servicios como a los usuarios. Adicionalmente, se establece un esquema de obligaciones y requisitos para garantizar la calidad y seguridad de los vehículos y conductores involucrados, contribuyendo al derecho a la movilidad de los ciudadanos. Esta regulación permitirá una mayor apertura de la oferta de servicios de transporte en puertos y aeropuertos, favoreciendo la disponibilidad y accesibilidad de opciones para los pasajeros, mientras se estandarizan los lineamientos para el uso de plataformas tecnológicas y se garantiza el cumplimiento de las disposiciones establecidas por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes

En los aeropuertos existen permisionarios del autotransporte federal que brindan los servicios de pasaje, no obstante, dentro del sector se tiene una creciente demanda de transporte de pasajeros para ascender y descender lo que ha llevado a los particulares a buscar maneras rápidas y eficaces de transporte terrestre, sin embargo, las plataformas no se encuentran reguladas y la prestación que realizan, la hacen incumpliendo la normatividad aplicable tanto en materia de autotransporte federal como en materia aeroportuaria. Asimismo, existen múltiples solicitudes por parte de las plataformas a efecto de contar con una regulación que les permita el libre tránsito dentro de los aeropuertos, otorgándoles seguridad jurídica en la prestación de sus servicios y con ello evitar ser sancionados.

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL Y SERVICIOS AUXILIARES

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Actualmente no existe ninguna regulación que norme la modalidad del Servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital, con lo cual las plataformas se han visto impedidos para prestar sus servicios en los aeropuertos por tratarse de una zona federal.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

En caso de no emitir alguna regulación se continuarían con las problemáticas que existen, como lo son la creciente demanda de transporte de pasajeros para ascender y descender con pocos prestadores del servicio, el incumpliendo la normatividad aplicable tanto en materia de autotransporte federal como en materia aeroportuaria y la imposición de sanciones.

Alternativas#2

Incentivos económicos

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en la POLÍTICA Y GOBIERNO, se establece como eje rector el combate frontal de la corrupción, eliminar el dispendio y la frivolidad del gasto público, lo que implica la focalización de recursos del erario público hacía programas significativos y de alto impacto social y económico como lo son: i. El Programa para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores ii. Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad iii. Programa Nacional de Becas para el Bienestar Benito Juárez iv. Jóvenes Construyendo el Futuro v. Jóvenes escribiendo el futuro vi. Sembrando vida vii. Programa Nacional de Reconstrucción viii. Desarrollo Urbano y Vivienda ix. Tandas para el bienestar. Sin que de dichos programas se desprenda, una tendencia que permita a corto, mediano o largo plazo el destino de dineros públicos a incentivar actividades económicas que tengan relación al autotransporte, bajo ese entendido, al no estar considerados dentro del plan nacional de desarrollo, los incentivos económicos como medida que evite la emisión de la regulación propuesta.

Contar con una regulación brindará certeza seguridad jurídica tanto a los solicitantes del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital como a los receptores del mismo, ya que entro de la misma se cuenta con los requisitos, causales de revocación entre otras disposiciones relacionadas con la prestación del servicio. Por otra parte, se ofrece una serie de opciones de prestadores de los servicios, fortaleciendo la competitividad y el desarrollo económico.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Crea

Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

indefinida

Medio de presentación#1

presencial

Requisitos#1

I. Presentar solicitud en el formato que para tal efecto expida la Secretaría; II. Presentar el documento que ampara la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y, en su caso, modificación; III. Acreditar con poder otorgado ante fedatario público, la representación legal del promovente; IV. Declaración de características del vehículo V. Contratos de servicios aeroportuarios y de servicios comerciales firmados con el administrador aeroportuario; VI. Registro, constancia, licencia, permiso o documento oficial, cualquiera que sea su denominación, que acredite que los vehículos y los conductores cumplen con la regulación local de la entidad federativa de que se trate, y VII. Constancias de aptitud psicofísicas y certificados de capacitación por cada uno de los conductores, expedidos por la Secretaría.

Población a la que impacta#1

solicitantes que pretenden prestar el servicio

Ficta#1

Negativa

Plazo#1

permiso permanente

Justificación#1

Dentro del ordenamiento se crea la modalidad del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital y se establecen los requisitos necesarios para obtener el permiso, lo cual otorga claridad a los solicitantes en la realización del mismo.

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Obligaciones#1

Establecen requisitos

Artículos aplicables#1

Artículo 2, fracciones VIII, IX, X, XI, XII, XIII

Justificación#1

Se establece una serie de definiciones clave y requisitos para la operación del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital, como la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV), la documentación necesaria para la prestación del servicio, y la definición de ruta y plataforma digital. Esto busca estandarizar los lineamientos para el uso de las plataformas tecnológicas, asegurando la calidad del servicio y regulando a los actores involucrados.

Obligaciones#2

Establecen sanciones

Artículos aplicables#2

Artículo 7-A

Justificación#2

Se introducen causas de revocación del permiso para el servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital. Esto asegura el cumplimiento de las normativas establecidas y garantiza que los operadores cumplan con los requisitos, de lo contrario, se procederá a la revocación del permiso, garantizando un servicio seguro y conforme a las disposiciones regulatorias.

Obligaciones#3

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#3

Artículo 7, párrafos cuarto y quinto

Justificación#3

Se condiciona la operación del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataformas digitales a la presentación de una serie de documentos, como contratos con el administrador aeroportuario y constancias de aptitud psicofísica de los conductores. Esto asegura que solo los servicios que cumplan con los estándares establecidos puedan operar, brindando un servicio confiable y regulado.

Obligaciones#4

Establecen o modifican estándares técnicos

Artículos aplicables#4

Artículo 17-B

Justificación#4

Se establece un estándar técnico relacionado con la vigencia y renovación de la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV), lo que asegura que los vehículos utilizados en el servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital sean regulados de manera continua, garantizando la calidad y seguridad del servicio.

Obligaciones#5

Establecen procedimientos de evaluación de la conformidad

Artículos aplicables#5

Artículo 2, fracción XIII

Justificación#5

Se establece la obligación de que las unidades de verificación acreditadas por la Secretaría de Economía realicen actos de verificación para asegurar que los servicios y vehículos involucrados cumplan con las normativas. Esto garantiza la conformidad con los estándares técnicos y de operación establecidos en la regulación.

Obligaciones#6

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#6

Artículo 88

Justificación#6

Se establece que los conductores del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital no requerirán licencia federal, lo cual facilita el acceso a este tipo de empleo y contribuye a una mayor oferta de servicios, siempre que se cumplan los demás requisitos establecidos, como las constancias de aptitud psicofísica y certificados de capacitación.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Solicitantes que deseen obtener el permiso del servicio de transporte con chofer contratado mediante plataforma digital

Describa o estime los costos#1

se adjunta en el apartado de anexos, los costos que implica la regulación.

La propuesta de regulación, no impacta de manera diferenciada al sector o agentes económicos, toda vez que al ser una disposición de carácter general, el ámbito de aplicación de la misma impacta al sector regulado, es decir a todos aquellos permisionarios o bien interesados en la prestación de los servicios auxiliares.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Beneficios cualitativos de la regulación: La regulación propuesta ofrece varios beneficios que impactan positivamente tanto a los operadores como a los usuarios. En primer lugar, otorga mayor claridad a los solicitantes, ya que establece de manera explícita los requisitos necesarios para la obtención de permisos, lo que contribuye a la transparencia y certeza jurídica. Además, fomenta la competencia y la libre concurrencia en el mercado de transporte terrestre, ampliando la oferta de servicios y beneficiando a los usuarios con opciones de transporte más eficientes y a precios competitivos. Adicionalmente, al estandarizar los lineamientos para el uso de plataformas tecnológicas, se garantiza un marco regulatorio que asegura la legalidad y la conformidad entre todos los actores involucrados. Esto se traduce en un servicio más rápido, seguro y eficiente, reduciendo significativamente los tiempos de espera y las tarifas para los usuarios. Beneficios cuantitativos de la regulación: La regulación también genera importantes ahorros al evitar la imposición de multas a los conductores que operen sin el permiso adecuado. Según el artículo 74 Ter y 74 Bis, fracción III de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se impone una multa de $124,465 por conductor que no cuente con el permiso necesario. Se estima que al menos 1000 conductores podrían estar operando sin permiso, lo que implicaría un costo total de $ $124,465,000.00 en multas. En contraste, el costo total de cumplimiento para mil conductores que soliciten el permiso sería de $5,104,000, lo que resultaría en un ahorro neto de $ 119,361,000.00

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Beneficios cuantitativos de la regulación: “La regulación también genera importantes ahorros al evitar la imposición de multas a los conductores que operen sin el permiso adecuado. Según el artículo 74 Ter y 74 Bis, fracción III de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se impone una multa de $124,465 por conductor que no cuente con el permiso necesario. Se estima que al menos 1000 conductores podrían estar operando sin permiso, lo que implicaría un costo total de $124,465,000.00 en multas. En contraste, el costo total de cumplimiento para mil conductores que soliciten el permiso sería de $5,104,000, lo que resultaría en un ahorro neto de $119,361,000.00

Dentro de la implementación de la regulación propuesta; no se tiene contemplado un costo superior al beneficio en virtud de que el costo por una sola persona al realizar el cumplimiento de esta es de $5,104, mientras que la multa por no contar con un permiso para entrar a una zona federal sin permiso es de $124,465, por lo que el costo de esta regulación no representa un costo superior, ya que al cumplir con la regulación estarías evitando la imposición de multas tan elevadas.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Para la implementación de la regulación, se estima que no es necesario invertir en infraestructura material o humana, en virtud de que es una actividad que ya se realiza.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Es facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, inspeccionar, verificar y vigilar los servicios auxiliares en sus aspectos técnicos y normativos, para garantizar el cumplimiento de la normatividad aplicable, asimismo, podrá requerir en cualquier momento a los permisionarios, informes con los datos técnicos, administrativos, financieros y estadísticos, que permitan a esta dependencia conocer de manera detallada la forma de operación y explotación del servicio. Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones que tiene conferidas la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana dentro de su esfera competencial en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

Apartado VI. Consulta pública

No

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

es necesario regular a las plataformas a efecto de contar con una normatividad que permita prestar el servicio.

Se adiciono la modalidad para que las plataformas puedan prestar los servicios de pasaje

Apartado VII. Anexos