
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Con el fin de garantizar el acceso universal a sangre y hemoderivados seguros, la OMS promueve iniciativas destinadas a mejorar la disponibilidad y la seguridad de la sangre, y recomienda la adopción de la siguiente estrategia integrada de seguridad y disponibilidad de la sangre: (1) Establecimiento de un sistema nacional de sangre, con servicios de transfusión bien organizados y coordinados, políticas nacionales sobre sangre eficaces, éticas, basadas en pruebas y disposiciones legislativas y reglamentaciones oportunas; ese sistema debe permitir disponer de suministros de sangre y hemoderivados en cantidades suficientes para responder a tiempo a las necesidades de todos los pacientes; y, Aplicación gradual de sistemas de calidad eficaces, que abarquen los siguientes elementos: gestión de la calidad, normas, buenas prácticas de fabricación, documentación, capacitación de todo el personal y evaluación de la calidad. Así, la presente propuesta de regulación denominada: “Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y la liga electrónica de los formatos que se realizan ante la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, inscritos en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria” (Propuesta), es de aplicación obligatoria para todos los establecimientos de servicios de sangre del país para dar cumplimiento a lo requerido por la OMS y de forma puntual, a la obligación reiterada en la NORMA Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos, sobre la notificación de la disposición de sangre a la Secretaría de Salud. Los beneficios son superiores a los costos. (1) Organización Mundial de la Salud. Disponibilidad y seguridad de la sangre. Sitio: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/blood-safety-and-availability
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 La presente propuesta de regulación tiene como objetivo: 1. Establecer la plataforma digital en la que se realizaran los informes denominada: “Sistema Analítico Nacional para Gestionar Reportes de Hemocomponentes” (SANGRHE) 2. Dar a conocer la liga electrónica a través de la cual se pueden consultar los requisitos formatos e instructivos para la presentación de los informes. 3. Incrementar la seguridad en toda la cadena transfusional garantizando la biovigilancia de forma estatal, sectorial e incluso institucional, en tiempo real, mediante la implementación de la plataforma SANGRHE. Esto a través del registro en la plataforma de personal designado por el estado, el sector y/o la institución interesados en dar puntual seguimiento a los servicios de sangre a su cargo. Este registro dará acceso a dicho personal, a la consulta de todos los informes de los servicios de sangre y sus respectivos estatus, cargados en la plataforma SANGRHE, permitiendo tener datos abiertos para control de riesgos y toma de decisiones más eficientes. Dar a conocer los formatos en representación gráfica e instructivos de la propuesta regulatoria. 4. Establecer la fecha de entrada en vigor del sistema SANGRHE. 5. Abrogar el Acuerdo vigente. |
No obstante que en fecha 08 de junio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites, así como sus formatos que se realizan ante la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria que, mediante su Anexo Único” (Acuerdo), siendo que en su anexo único se establece la forma de presentar los informes sobre los actos de disposición de sangre, incluyendo la notificación de las reacciones o eventos adversos asociados a la donación o a la transfusión, la problemática que presenta es la siguiente: 1. La presentación de información por parte de los servicios de sangre, conlleva tramitología innecesaria y gastos que se pueden reducir, como el ahorro de papel, espacio para almacenamiento de archivo e invertir horas hombre en la generación de expedientes, en comparación a su presentación mediante plataforma digital. 2. La información solicitada requiere actualización de acuerdo a los nuevos estándares de calidad. 3. El análisis de la información proporcionada por los establecimientos de salud obligados a presentar el informe, conlleva tiempos que se pueden ahorrar con el uso de la tecnología, en específico con el uso de la plataforma SANGRHE. 4. Se reduce la información de seguridad transfusional en detrimento de la biovigilancia de forma estatal, sectorial e incluso institucional, en tiempo real, ya que en la actualidad el proceso de la información por formato físico, tarda hasta 30 días en analizarse y contar con las estadísticas. 5. La toma de decisiones por cuanto hace a la biovigilancia es tardada, ya que, depende del análisis que realice de la información proporcionada en los informes. 6. Dar cumplimiento al precepto de la Organización Mundial de la Salud que dicta a los estados miembros, la obligación de disponer de datos y estadísticas en materia de uso, seguridad y calidad de la sangre y sus componentes a nivel nacional. La evidencia que demuestra su existencia y magnitud, es la siguiente: Los informes que actualmente se realizan, conllevan un retraso en el análisis de la información de por lo menos un mes a partir del cierre del envío de la información, lo que a su vez retrasa la toma de decisiones por parte de la autoridad sanitaria. Actualmente en apego a la GUÍA DE PRONTA REFERENCIA PARA EL LLENADO DEL INFORME MENSUAL SOBRE LA DISPOSICIÓN DE SANGRE Y SUS COMPONENTES, publicada en la página del Centro en la que se aplica el procedimiento a seguir para la emisión de los informes mensuales de los servicios de sangre, se desprende que a la fecha se remiten los informes en las modalidades A, B, C y T, en un formato físico, por lo que los Servicios de sangre por cada informe mensual deberá generar dos archivos, el primero será en Excel y el segundo en formato PDF, éste último debe contener la firma autógrafa del Responsable Sanitario y en el caso de la Modalidad C, la firma del Director de la Unidad Hospitalaria. En ese sentido los establecimientos de sangre que tiene la obligación de remitir informes mensuales a la fecha deben realizar un doble trabajo toda vez que elaboran los informes físicos que deben remitir digitalizados por correo electrónico y además generan un Excel con la misma información, por lo que se estima que cada establecimiento por mes imprime por lo menos 10 hojas de papel que utiliza para dar cumplimiento a esta obligación de enviar informes mensuales físicos, teniéndose que gastan al año 120 hojas de papel, aunado al gasto que representa el costo de digitalización de tal documentación, asimismo el gasto que representa generar el archivo Excel y el almacenamiento de dicha información, siendo que para el ejercicio 2023, se tuvo que 4,908 Servicios de Sangre que cumplieron con el envío de informes, remitieron 30,897 informes que representan un aproximado de 61,794 hojas de papel, con un costo aproximado de $11,048.063 pesos Los motivos por los que, en la ausencia de la modificación del Acuerdo, la problemática o situación no se corregiría por sí misma, son los siguientes: Ya que el Acuerdo vigente, mediante el cual se realizan los trámites para la realización de los informes, es de fecha 08 de junio de 2017, no permite el aprovechamiento de los avances tecnológicos que contribuyan a aumentar la productividad y la eficiencia de las actividades humanas, así mismo, se encuentra limitado respecto de algunos datos esenciales para evaluar los riesgos de contar con sangre y sus componentes no seguros, ya que los formatos que utiliza se encuentran descritos en su anexo único; en ese sentido, los reportes que actualmente realizan los servicios de sangre, resultan anacrónicos y no se reportan con precisión, por lo que, se han simplificado los formatos lo que contribuye a sustanciar los trámites vía electrónica ya que representa mejoras en los tiempos de atención a los particulares, disminución de costos, oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia. Por otra parte, es necesario un aumento en la capacidad de biovigilancia por parte de la autoridad sanitaria, para tomar decisiones respecto de la disposición de la sangre y componentes sanguíneos toda vez que el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, tiene la misión de consolidar y mantener un Sistema Nacional que permita la disponibilidad, accesibilidad, calidad y seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras y troncales con fines terapéuticos, de acuerdo a un marco jurídico, políticas y estrategias operativas eficaces, con la finalidad de proteger la salud de los donantes y de los receptores. Sumado a lo anterior, es el órgano rector especializado quien que establece las políticas y estrategias que garantizan que el uso terapéutico de la sangre, componentes sanguíneos y células troncales es seguro, inocuo, se realiza conforme a los más altos parámetros de calidad nacional e internacionales, logrando que su disponibilidad sea constante, oportuna, acorde a lo dispuesto en un marco jurídico actualizado, fundamentado en los avances científicos y tecnológicos, así como, en las necesidades del país. Siendo el objetivo principal establecer la política nacional en materia de autosuficiencia, calidad y seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células troncales para garantizar el acceso universal, seguro y equitativo bajo los principios de participación social, competencia técnica, calidad de la atención médica, pertinencia cultural y trato no discriminatorio; asimismo incrementar la seguridad sanguínea, garantizar el acceso universal a la sangre, evaluar la calidad y capacidad técnica y actualizar las políticas y estrategias que garanticen el adecuado uso terapéutico de la sangre y células progenitoras.
Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y la liga electrónica de los formatos que se realizan ante la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, inscritos en el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria
Disposiciones jurídicas vigentes#1 1. Ley General de Salud La Ley General de Salud, establece en su artículo 3o., fracción XXVI, que es materia de salubridad general, el control sanitario en materia de disposición de órganos, tejidos y sus componentes, así como células; en términos de lo señalado en el artículo 107, del mismo ordenamiento legal, los establecimientos dedicados a las actividades relativas a la disposición de órganos, tejidos y sus componentes, así como células, llevarán las estadísticas que les señale la Secretaría de Salud y proporcionarán a ésta la información correspondiente, sin perjuicio de las obligaciones de suministrar la información que les señalen otras disposiciones legales. Por su parte el artículo 342 Bis 3, dispone que el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, tiene a su cargo integrar y mantener actualizada la información relativa a la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células troncales que se llevan a cabo en el país; En ese sentido la Ley General de Salud, regula de manera general las obligaciones de los establecimientos de salud dedicados entre otras a la disposición de tejidos, componentes y células, a proporcionar información requerida por la autoridad sanitaria correspondiente, sin que en la misma se especifiquen las regulaciones técnicas para su cumplimiento, ya que precisamente esa no es su naturaleza jurídica. 2. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos Por su parte el artículo 37 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, establece que, los establecimientos que realicen actos de disposición de tejidos, entre ellos la sangre, con fines terapéuticos, rendirán informes de sus actividades en los términos, forma y periodicidad que determine la Secretaría de Salud, del que se desprende únicamente la obligatoriedad para la realización de los informes, no así, las características, particularidades y forma de llevarlo a cabo, por lo que es insuficiente para atender la problemática detectada. 3. NORMA Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos La NOM-253-SSA1-2012, señala en sus apartados 18.1 y 18.2 que, corresponde a los bancos de sangre, a los servicios de transfusión y a los establecimientos de atención médica que aplican transfusiones, en el ámbito de las funciones que se les autorizan, informar a la Secretaría de Salud sobre los actos de disposición de sangre o componentes sanguíneos que realizan, incluyendo la notificación de las reacciones o eventos adversos asociados a la donación o a la transfusión, el cual deberá presentarse mensualmente en el formato aprobado para ello por la Secretaría de Salud. Si bien, la NOM-253-SSA1-2012, refiere algunas particularidades respecto de los informes que tienen que realizar los servicios de sangre, también lo es que, no especifica ni particulariza la forma en que se tienen que realizar, por lo que da la posibilidad de implementar una nueva forma de presentación de los informes mensuales. 4. Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites, así como sus formatos que se realizan ante la Secretaría de Salud, a través del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Acuerdo) Actualmente se encuentra vigente el Acuerdo, publicado en el DOF el 08 de junio de 2017, no obstante, los formatos de reportes incluidos en su anexo único, resultan anacrónicos y no permiten que la información sea intuitiva para los usuarios, asimismo, la forma de reportaros mediante su llenado, impresión, firma y posterior escaneo para ser enviados al Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, conlleva tiempos y recursos innecesarios, en contraste con el impacto que tiene el uso de tecnologías de la información. Ya que el envío de la información es por medio de un formato digital, personal del CNTS, realiza el análisis de los formatos, uno por uno, lo que conlleva cargas innecesarias de trabajo que pueden ser resultas mediante el uso de tecnologías de la información. |
Alternativas#1 No emitir regulación alguna La propuesta de Acuerdo que se presenta, se constituye como la mejor alternativa para atender la problemática y el objetivo planteado, porque: La actualización del Acuerdo, permite que el proyecto de Acuerdo se refiera a los siguientes puntos: 1) Simplificación de formatos para los informes, lo que contribuye a: a. Sustanciar los trámites vía electrónica ya que representa mejoras en los tiempos de atención a los particulares; b. Disminución de costos; c. Oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia; d. Incremento de la calidad de los servicios que se prestan; e. Brinda certidumbre a la sociedad en general en la seguridad de la información. 2) La plataforma SANGRHE permite incrementar la seguridad en toda la cadena transfusional garantizando la biovigilancia de forma estatal, sectorial e incluso institucional, en tiempo real. Esto se logra a través del registro en la plataforma SANGRHE de personal designado por el estado, el sector y/o la institución interesados en dar puntual seguimiento a los servicios de sangre a su cargo. Este registro dará acceso a dicho personal, a la consulta de todos los informes de los servicios de sangre y sus respectivos estatus, cargados en la plataforma SANGRHE, permitiendo tener datos abiertos para control de riesgos y toma de decisiones más eficientes. Dar a conocer los formatos en representación gráfica e instructivos de la propuesta regulatoria. 3) Análisis de la información enviada por los servicios de sangre un menor tiempo. |
La transfusión sanguínea salva vidas y mejora la salud, pero muchos pacientes que la necesitan no tienen acceso oportuno a sangre segura. Suministrar sangre segura y adecuada debería ser parte integrante de las políticas e infraestructuras nacionales de atención de la salud de todos los países. La OMS recomienda que todas las actividades relacionadas con la recolección, el análisis, el procesamiento, el almacenamiento y la distribución de la sangre se coordinen a nivel nacional, por conducto de una organización eficaz y redes integradas de distribución. El Acuerdo secretarial vigente, no contempla la oportunidad que el desarrollo tecnológico ofrece a los usuarios de los trámites, ya que, impide su cumplimiento a través de una plataforma digital, lo que contribuiría a simplificar los formatos para el informe mensual de la disposición de sangre y componentes sanguíneos, así como informe mensual de la disposición de células progenitoras o troncales. La actualización del Acuerdo por el Proyecto, representa mejoras en los tiempos de atención a los particulares, disminución de costos, oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia, incremento de la calidad de los servicios que se prestan, brinda certidumbre a la sociedad en general en la seguridad de la información, por lo que, resulta necesario contar con formatos actualizados y funcionales para el avance que representa en el desarrollo de un gobierno digital. Por lo que la actualización del Acuerdo secretarial vigente, se considera la mejor opción, al permitir la simplificación de los trámites y sus implicaciones ya descritas. Pues como ya se señaló el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, tiene la misión de consolidar y mantener un Sistema Nacional que permita la disponibilidad, accesibilidad, calidad y seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras y troncales con fines terapéuticos, de acuerdo a un marco jurídico, políticas y estrategias operativas eficaces, con la finalidad de proteger la salud de los donantes y de los receptores. Por lo que es el órgano rector especializado que establece las políticas y estrategias que garantizan que el uso terapéutico de la sangre, componentes sanguíneos y células troncales es seguro, inocuo, se realiza conforme a los más altos parámetros de calidad nacional e internacionales, logrando que su disponibilidad sea constante, oportuna, acorde a lo dispuesto en un marco jurídico actualizado, fundamentado en los avances científicos y tecnológicos, así como, en las necesidades del país; siendo el objetivo principal establecer la política nacional en materia de autosuficiencia, calidad y seguridad de la sangre, componentes sanguíneos y células troncales para garantizar el acceso universal, seguro y equitativo bajo los principios de participación social, competencia técnica, calidad de la atención médica, pertinencia cultural y trato no discriminatorio; asimismo incrementar la seguridad sanguínea, garantizar el acceso universal a la sangre, evaluar la calidad y capacidad técnica y actualizar las políticas y estrategias que garanticen el adecuado uso terapéutico de la sangre y células progenitoras. La medicina transfusional es una rama de la medicina que se encarga de preservar la salud de los pacientes mediante la hemoterapia, técnica por la cual se obtiene y abastecen componentes sanguíneos de donadores voluntarios y altruistas; esto a través de programas de evaluación para el procesamiento, conservación, análisis, suministro y aplicación terapéutica de los productos sanguíneos. En ese sentido el Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea en atención a los dispuesto por el artículo 342 Bis 3 de la Ley General de Salud tiene a su cargo el Registro Nacional de Sangre y de Células Troncales, el cual integrará y mantendrá actualizada la información relativa a la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células troncales; por otra parte, la NOM-253-SSA1-2012 Para la disposición de sangre humana con fines terapéuticos, en el numeral 18. Regula la Información relativa a la disposición de sangre y componentes sanguíneos a la secretaría de salud, precisando en el 18.1 que corresponde a los bancos de sangre, servicios de transfusión y a los establecimientos de atención médica que aplican transfusiones, en el ámbito de las funciones que se les autorizan, deberán informar a la Secretaría sobre los actos de disposición de sangre o componentes sanguíneos que realizan, que incluya la notificación de las reacciones o eventos adversos que ocurran asociados a la donación o a la transfusión; y en el numeral 18.2 que el informe, deberá efectuarse en un formato aprobado para ello por la Secretaría, en apego a la guía para su llenado, y entregarse o enviarse mensualmente en lapso de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al que se informa, a las oficinas de servicio del trámite del Centros Nacional o los Centros Estatales de la Transfusión Sanguínea o llenarse vía Internet, teniéndose que a la fecha se remiten los informes en las modalidades A, B, C y T. Es por ello que actualmente, la regulación vigente contempla que los informes mensuales deben efectuarse en un formato físico de manera mensual, conforme a la Guía para el Llenado del Informe, por lo que los Servicios de sangre por cada informe mensual modalidad A, B, C y T deberá generar dos archivos, el primero será en Excel y el segundo en formato PDF, éste último debe contener la firma autógrafa del Responsable Sanitario y en el caso de la Modalidad C, la firma del Director de la Unidad Hospitalaria. Por lo que se busca implementar la Plataforma del Sistema Analítico Nacional para Gestionar Reportes de Hemocomponentes (SANGRHE), a través de la cual se busca automatizar este proceso de informes mensuales, conforme a lo señalado por el artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria, mediante el cual se señala que los trámites y servicios previstos en leyes, reglamentos o cualquier otra disposición, podrán ser simplificados mediante acuerdos generales que publiquen los titulares de los sujetos obligados, en los que se podrá autorizar el uso de herramientas electrónicas para la presentación de trámites y/o la implementación de cualquier otra acción de mejora, lo que se materializa con la utilización de los trámites vía electrónica, por lo que la Plataforma del Sistema Analítico Nacional para Gestionar Reportes de Hemocomponentes (SANGRHE), que permitirá que el Centro Nacional cuente con información certera y en el menor tiempo, ya que contiene los campos necesarios para los que establecimientos de sangre puedan remitir su información. En la actualidad la mayoría de las instituciones públicas cuenta con automatización de sus trámites administrativos, por lo que es necesario que el Centro Nacional se modernice en la utilización de plataformas digitales, ya que la tecnología se ha convertido en una herramienta muy importante para el mundo, permitiendo simplificar las actividades cotidianas de la vida y de la sociedad ya que impulsa a la obtención de información y conocimiento de manera rápida y eficaz, esto a través de innovaciones tecnológicas como lo son las plataformas digitales las cuales son espacios virtuales que almacenan ya sea en aplicaciones o que permite que las personas o las instituciones realicen múltiples tareas. La tecnología ha tenido un gran impacto en la salud ya que ha permitido desarrollar su propósito el cual es promover la salud y llevarla a cada persona, por lo que es necesarios contar con información segura y fidedigna, y que permita que la información se comparta en tiempo real. Se busca que la plataforma sea el intermediario entre los usuarios que son los servicios de sangre y esta institución, facilitando un intercambio de información de ambas partes involucradas en el Sistema Nacional de Sangre; lo que disminuirá tiempos, y facilitara el intercambio de información en pro de la salud de la población mexicana, se busca modernizar los procesos de la institución, lo cual reducirá de manera considerable el margen de error en el tratamiento de datos y capturas manuales por el personal administrativo. En la actualidad existe la necesidad de que el Centro se actualice y modernice sus sistemas de captación de datos, lo que permitirá una fluidez de datos, así también se tendrá un impacto tanto en lo económico como ecológico, ya que se disminuirá considerable de consumo de papel. El centro nacional necesita tener una coordinación regional para tratar de estandarizar el flujo de datos por Entidad Federativa, Sector público, privado y social, tipo de establecimiento, etc., siendo necesario su impulso e implementación de la plataforma. Se puede determinar entonces que, lejos de ser una necesidad puntual temporal, se debe impulsar el uso de herramientas digitales en todos los ámbitos. La plataforma SANGRHE permitirá incrementar la seguridad en toda la cadena transfusional garantizando la biovigilancia de forma estatal, sectorial e incluso institucional, en tiempo real. Esto se logra a través del registro en la plataforma SANGRHE de personal designado por el estado, el sector y/o la institución interesados en dar puntual seguimiento a los servicios de sangre a su cargo. Este registro dará acceso a dicho personal, a la consulta de todos los informes de los servicios de sangre y sus respectivos estatus, cargados en la plataforma SANGRHE, permitiendo tener datos abiertos para control de riesgos y toma de decisiones más eficientes. Lo que se busca con la implementación del nuevo acuerdo es el inicio de un sistema de trámites vía electrónica, lo que representa mejora en los tiempos de atención a los usuarios, disminución en costos, incremento en la calidad de los servicios que se prestan, oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia, brindar certidumbre a la sociedad en general, en la seguridad de la información que se maneja para la realización de los informes, en este sentido contar con formatos actualizados y funcionales es de vital importancia para el avance que representa el desarrollo de un gobierno digital. A través de la plataforma del Sistema Analítico Nacional para la Gestión de Reportes de Hemocomponentes (SANGRHE), creado para registrar y dar seguimiento a los informes mensuales e información de comités de medicina transfusional y trasplante de los servicios de sangre, se generará la estadística nacional de la disposición de sangre, sus componentes y células progenitoras. Dicha plataforma generara ahorros a los establecimientos de sangre que tiene la obligación de remitir informes mensuales y que a la fecha deben realizar un doble trabajo toda vez que elaboran los informes físicos que deben remitir digitalizados por correo electrónico y además generan un Excel con la misma información, en ese sentido se estima que cada establecimiento por mes imprime por lo menos 10 hojas de papel que utiliza para dar cumplimiento a esta obligación de enviar informes mensuales físicos, teniéndose que gastan al año 120 hojas de papel, aunado al gasto que representa el costo de digitalización de tal documentación, asimismo el gasto que representa generar el archivo Excel y el almacenamiento de dicha información. Adicionalmente se generará un ahorro también para la federación al generar ahorro al CNTS, toda vez que la información que actualmente es recibida en el CNTS mediante correo electrónico y que se tiene que analizar y procesar, se tienen destinadas a 7 trabajadores de base para generar las estadísticas, análisis que se lleva a cabo en un promedio de un mes, por lo que se destinan 980 horas hombre al mes en el procesamiento de dicha información. En conclusión, con la regulación propuesta, se prevé que se genere un ahorro a los 4908 Servicios de Sangre que cumplieron con el envío de informes en el año 2023, el cual representará un ahorro en papel en cantidad de $11,048.063 pesos, por un año, ya que en el año 2023 remitieron 30897 informes que representan un aproximado de 61,794 hojas de papel.
Accion#1 Modifica Obligación Permanente Medios electrónicos 1. Documento oficial emitido por la DGIS con CLUES y SUBCLUES del establecimiento. 2.- Copia de licencia sanitaria vigente, autorizada por COFEPRIS; 3.- Copia completa de alta de responsable sanitario, autorizada por COFEPRIS. Responsables sanitarios de establecimientos de Servicios de Sangre No aplica 5 días Con la finalidad de acercar a la población en general los medios suficientes para solicitar y gestionar los trámites ante la Secretaría de Salud, referente a los informes de disposición de sangre, se establece su realización vía electrónica, ya que representa mejoras en los tiempos de atención a los particulares, disminución de costos, oportunidad para elevar la eficiencia y transparencia, incremento de la calidad de los servicios que se prestan, aunado a que se brinda certidumbre a la sociedad en general en la seguridad de la información, por lo que, se establece su realización por conducto de la plataforma SANGRHE. La presentación de los siguientes trámites a través de la plataforma SANGRHE. 1. Informe mensual de la Disposición de Sangre y componentes Sanguíneos A) Bancos de Sangre, 2.- Informe Mensual de la Disposición de Sangre y Componentes Sanguíneos B) Servicios de Transfusión, 3.- Informe Mensual de la Disposición de Sangre y Componentes Sanguíneos C) Del uso Terapéutico, 4.- Informe mensual de la Disposición de Células Progenitoras o Troncales. CNTS-01-003-A, CNTS-01-003-B, CNTS-01-003-C y CNTS-01-002 |
Obligaciones#1 Establecen requisitos Ver Anexo 6 Formato CS T, Anexo 6 Formato A, Anexo 6 Formato B y Anexo 6 Formato T Ver Anexo 6 Formato CS T, Anexo 6 Formato A, Anexo 6 Formato B y Anexo 6 Formato T |
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Establecimientos de salud con Servicios de Sangre. No se genera costos para los usuarios toda vez que, la plataforma fue desarrollada, administrada y operada por la Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) y los usuarios lo único que necesitan es registrarse como usuarios, por lo que el uso de la plataforma, no les generará un costo, ya que únicamente requerirán contar con su acceso a internet que les permita ingresa a la página de la plataforma, con el cual ya cuentan a la fecha toda vez que utilizan internet y cuenta de correo electrónico para enviar los informes físicos. |
No aplica.
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Se tendrá un ahorro a la federación al generar ahorro al CNTS, toda vez que la información que actualmente es recibida mediante correo electrónico se analiza y procesa por 7 trabajadores de base que generan las estadísticas mensuales, análisis que se lleva a cabo en un promedio de un mes, por lo que se destinan 980 horas hombre al mes en el procesamiento de dicha información. En cuanto a los servicios de sangre se prevé que la regulación propuesta, les genere un ahorro a los 4908 Servicios de Sangre que emiten informes, ya que evitaran el gasto de aproximadamente 61,794 hojas de papel y podrán generar archivos electrónicos para evitar la generación de expedientes físicos y su respectiva organización, conservación y preservación de archivos, lo que también implica destinar horas hombre. Se tendrá un ahorro a la federación al generar ahorro al CNTS, toda vez que la información que actualmente es recibida mediante correo electrónico se analiza y procesa por 7 trabajadores de base que generan las estadísticas mensuales, análisis que se lleva a cabo en un promedio de un mes, por lo que se destinan 140 horas hombre al mes en el procesamiento de dicha información, lo que representa que los 7 trabajadores destinados a dicho proceso se les paga un sueldo de $1,461, 096 al año y con la implementación de la plataforma solo se requerirá a una persona para generar los indicadores necesarios la cual costará al año, $208, 728 pesos en sueldo. En cuanto a los servicios de sangre se prevé que la regulación propuesta, les genere un ahorro a los 4908 Servicios de Sangre que emiten informes, ya que evitaran el gasto de aproximadamente 61,794 hojas de papel, ya que se tiene que el costo de una caja de papel bond tamaño carta, con 5000 hojas tiene un costo de $11,048.063 pesos y podrán generar archivos electrónicos para evitar la generación de expedientes físicos y su respectiva organización, conservación y preservación de archivos, lo que también implica destinar horas hombre. |
1. Se precisa que no se generaran costos a los responsables sanitarios de los servicios de sangre. 2. Con la implementación de la plataforma los 4908 Servicios de Sangre ahorraran un total de 61,794 de hojas de papel 3. Representará un ahorro de $1,252,368 ya que no se destinará a 6 personas en el procesamiento de la información, por lo que, se podrán destinar a otras actividades laborales, en beneficio de la administración pública federal.
La Secretaría de Salud, no erogará recursos adicionales para verificar el cumplimiento del Acuerdo, ya que la plataforma del Sistema Analítico Nacional para Gestionar Reportes de Hemcomponentes, ya se encuentra desarrollada por la Dirección General de Tecnologías de la Información de la Secretaría de Salud.
Durante la operación, una vez que entre en vigor la medida regulatoria, se buscará lograr el cumplimiento de la normatividad mediante: el sistema de información en la plataforma SANGRHE, por conducto de los indicadores de biovigilancia establecidos por el CNTS.
No
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
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