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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

No

No

Con fundamento en los artículos 17, 36 fracciones VII, VIII, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39, fracciones V y XII, 40, fracción XVI y 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; Tercero y Cuarto Transitorios del Decreto por el que se expide la Ley de Infraestructura de la Calidad y se abroga la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 6 Bis fracciones I y XIX de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y Segundo del Decreto por el que se crea la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo de esta regulación técnica es establecer las especificaciones de las señales ferroviarias utilizadas en la operación de los trenes conforme a las mejores prácticas de seguridad recomendadas por la industria ferroviaria.

Actualmente, los proyectos prioritarios del Plan Nacional de Desarrollo exigen la existencia de parámetros y especificaciones técnicas en materia ferroviaria para ser aplicados de manera urgente para los proyectos Tren Maya, Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, Tren Interurbano México – Toluca y Tren México-Querétaro, sólo por mencionar algunos. Esos parámetros y especificaciones técnicas deben abarcar temas relacionados con especificaciones de señales en la circulación de trenes de pasajeros, así como las disposiciones que conlleva esa condición, de la presencia de determinados puntos críticos de la infraestructura, tales como: cambio de vías, puntos de banalización, estaciones de transición permanente a bloqueos no automáticos, señales de salida que son simultáneamente avanzada o de entrada de la siguiente estación, etc. Es pertinente contar con una regulación útil para establecer los requerimientos mínimos que debe cumplir la adopción de sistemas de señales acordes con el Sistema de protección de trenes ERTMS/ETCS (Sistema Europeo de Gestión de Tránsito Ferroviario/Sistema Europeo de Control de Trenes), para garantizar la seguridad del tráfico de trenes en el Sistema Ferroviario Mexicano, de acuerdo con los avances tecnológicos y que sea definitiva para satisfacer las demandas técnicas de los proyectos prioritarios. En efecto, los sistemas de control y señalización ferroviaria son fundamentales para lograr la operación correcta de los trenes, ya que trabajan conjuntamente bajo diferentes condiciones y situaciones, por lo cual es pertinente que cumplan con parámetros técnicos, que garanticen la calidad del servicio para los usuarios así como la segura operabilidad de los concesionarios y asignatarios, manteniendo los estándares de seguridad esperados por la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, a fin de preservar la integridad para todo el personal ferroviario. Los sistemas de señalización ferroviaria, en la medida en que ha avanzado la tecnología, han ido integrando diferentes dispositivos y mecanismos para la conducción de los trenes. Esto ha implicado que la normatividad internacional en esta materia haya sido actualizada y los prestadores de servicio ferroviario, en consecuencia, deben tomar acciones para implementar las disposiciones en la medida en la que éstas entran en vigor.

Norma Oficial Mexicana

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Ley de Infraestestructura de la Calidad. Ley Reglamentaria del Serivicio Ferroviario. Reglamento del Serivio Ferroviario.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Al no emitir una NOM que solvente la problemática, que pueda ser ejecutada por los concesionarios, permisionarios y asignatarios que prestan servicio público de transporte de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano, no se tendría una estandarización de las especificaciones técnicas aplicables al sistema de protección de trenes de los proyectos ferroviarios prioritarios que lo adopten, lo que pudiere implicar incumplimientos en los tiempos de ejecución pero, además y más grave, pudiendo derivar en siniestros o incidentes como consecuencia de no contar con una regulación para la seguridad, clasificación y especificaciones de vía.

Alternativas#2

Esquemas voluntarios

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Esta alternativa consiste en el desarrollo periódico y sistemático de campañas de difusión para que los concesionarios, permisionarios y asignatarios que operan en el Sistema Ferroviario Mexicano realicen revisiones de las disposiciones de seguridad para las vías por las que circula el Equipo Tractivo y de Arrastre para trenes de carga y de pasajeros, así como hacerlos conscientes de la importancia de contar con brigadas de seguridad que revisen que su personal ejecute adecuadamente los procedimientos de inspección para las vías férreas. Sin embargo, estas campañas no son de carácter obligatorio de cumplimiento para los concesionarios, permisionarios y asignatarios, sino sólo de carácter informativo. Adicionalmente, la Agencia no tiene la certeza de que todos los concesionarios, y asignatarios apliquen de la misma manera las disposiciones de seguridad para las vías de trenes de carga y de pasajeros por lo que la implementación de este tipo de campañas sería inadecuada debido a que primero se debería asegurar que todos los que operan en el Sistema Ferroviario Mexicano realicen estas acciones de manera normalizada.

La Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (Agencia) propone la emisión de ésta Norma Oficial Mexicana que incluya las disposiciones y parámetros que deben ser aplicados durante la vigencia de la presente NOM en materia de seguridad, para solventar las especificaciones técnicas requeridas para los sistemas de señalización requeridos para la adopción del Sistema de protección de trenes ERTMS/ETCS (Sistema Europeo de Gestión de Tránsito Ferroviario/Sistema Europeo de Control de Trenes), para garantizar la seguridad del tráfico de trenes de los proyectos prioritarios que se están desarrollando actualmente a fin de reducir los siniestros y accidentes. Finalmente, dentro de la propuesta regulatoria, se desarrolla e integra el Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad, con base en la Ley de la Infraestructura de la Calidad, mismo que no contempla un costo directo a los concesionarios, permisionarios y asignatarios que operan y prestan servicio de transporte de carga en el Sistema Ferroviario Mexicano.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

No Aplica

Tipo#1
Vigencia#1
Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Obligaciones#1

No Aplica

Artículos aplicables#1

Justificación#1

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Cocesionarios y asigntarios del Sistema Ferroviario Mexicano.

Describa o estime los costos#1

El costo por siniestros atribuibles a defectos en la infraestructura de la vía férrea, se estima en $9,488,830,920. Por otro lado, el monto de costo por concepto de siniestros que se estima con la implementación de la regulación es de $8,634,836,138. Ahora bien, el costo total de la regulación se ha calculado desglosando sus componentes de la siguiente manera: adquisición equipos y tecnologías de señalización de $571,000.00, instalación y puesta en funcionamiento de $512,000.00, mantenimiento (preventivo y correctivo) y conservación de $31,416.67, evaluación de la conformidad de $567,504.00, capacitación del personal de $70,000.00, actualización de procedimientos y documentación $232,000.00 y tecnología y herramientas de $1,300,000 por lo que al considerar cada uno de los conceptos antes mencionados para dar cumplimiento se genera un costo regulatorio de la NOM por $3,283,920.67.

Aplica para concesionarios y asignatarios que presten el Servicio Público de Transporte Ferroviario.Estos sectores podrán dar cumplimiento a la propuesta regulatoria, de acuerdo con lo se encuentra especificado dentro del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad de la misma.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Implementar mecanismos que dicten los parámetros de revisión y verificación de acuerdo con la naturaleza y ejecución de los procedimientos para la inspección de las caraterísticas y los componentes de la señalética ferroviaria, con el fin de evitar confusiones durante la coducción de los trenes, con la finalidad de fomentar la seguridad en la operación en el Sistema Ferroviario Mexicano para el serivicio de pasajeros.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

El costo por siniestros atribuibles a defectos en la infraestructura de la vía férrea, se estima en $9,488,830,920. Así mismo, se estima que con la emisión de esta regulación implicaría un costo de $8,634,836,138 y cuya diferencia, considerada como el total, representa un ahorro o beneficio bruto de $853,994,782.84

Monetariamente, los beneficios de la regulación ($853,994,782.84) son superiores a los costos de la misma ($3,283,920.67) esto se verifica al obtener la diferencia, la cual da un beneficio neto de $850,710,862.17. Adicionalmente, los beneficios son superiores a los costos ya que, independientemente de éstos, las fallas por causas asociadas con las señales ferroviarias, pueden representar pérdidas humanas cuyo costo es invaluable; por lo cual, contemplando esta situación, es más factible invertir en la implementación y cumplimiento de la regulación propuesta que la pérdida vidas humanas, materiales o económicas.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Los mecanismos a través de los cuales se implementará la regulación se encuentran descritos en las especificaciones, características y disposiciones técnicas de la propuesta regulatoria y no implican la erogación de recursos públicos adicionales. Tampoco tendrán un impacto que repercuta de manera negativa en las inspecciones de los párametros y características de la señalética ferroviaria. Los mecanismos de regulación que ofrece esta propuesta impactan de manera positiva en la sociedad debido a que su objetivo es mitigar el riesgo de fallas en la lectura e interpretación de las señales para la coducción de los trenes de pasajeros y, en consecuencia, de los siniestros que pudieren estar asociados a ello.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Esto se evaluará a través del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad mediante el cual, la Agencia verificará el cumplimiento de la propuesta regulatoria.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario (CCNN-TF).

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

El CCNN-TF, en el cual participan los sectores particulares interesados, aprobó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-ARTF-2024, Especificaciones de señales en la circulación de trenes de pasajeros, en su Tercera Sesión Extraordinaria del 2024 celebrada el día 26 de marzo de 2024.

No se recibieron comentarios durante el período de consulta pública; por lo cual, de acuerdo con la resuloción del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Ferroviario, respecto a la aprobación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-ARTF-2024, Especificaciones de señales en la circulación de trenes de pasajeros, en su Tercera Sesión Extraordinaria del 2024 celebrada el día 26 de marzo de 2024, el proyecto continúa con su proceso de normalización.

Apartado VII. Anexos