Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El presente Acuerdo pretende reformar diversas disposiciones del ACUERDO por el que se establecen las reglas para la presentación, substanciación y resolución de las solicitudes de registro de obras, fonogramas, videogramas y edición de libros en línea ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2021, con la finalidad de dar a conocer los medios electrónicos que el INDAUTOR ha habilitado y esté pueda recibir diversas solicitudes a traves de medios de comunicación electrónica y facilitar las gestiones a los particulares. Por lo que la publicación pretende ampliar la cobertura de los trámites y servicios del Instituto a nivel nacional, beneficiando así a los ciudadanos con esta nueva modalidad en línea, evitando con el mismo trámite que los ciudadanos inviertan tiempo y dinero en su traslado desde las entidades federativas de la República Mexicana a la Ciudad de México.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera costos a los particulares en virtud de que se esta reformando el ACUERDO por el que se establecen las reglas para la presentación, substanciación y resolución de las solicitudes de registro de obras, fonogramas, videogramas y edición de libros en línea ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor publicado el 08 de diciembre de 2021. Asimismo el presente acuerdo hace del conocimiento la liga que el INDAUTOR ya habilitó con anterioridad la cual no genera costo alguno a los particulares, ayudando a estos en agilizar sus trámites ante el Instituto.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos